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BOE MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA Y RELACIONES CON LAS CORTES · Orden

Gobierno sube indemnizaciones

El Consejo de Ministros aprueba la modificación de las indemnizaciones por residencia del personal del sector público en las Illes Balears. Las nuevas cuantías entrarán en vigor el 1 de julio de 2026.


Crónica

El Consejo de Ministros aprueba la modificación de las indemnizaciones por residencia del personal del sector público en las Illes Balears. Las nuevas cuantías entrarán en vigor el 1 de julio de 2026.

El personal del sector público destinado en las Illes Balears verá aumentadas sus indemnizaciones por residencia. El Consejo de Ministros ha aprobado un acuerdo que modifica las cuantías de estas indemnizaciones, que entrarán en vigor el 1 de julio de 2026.

La medida se enmarca en la aplicación del Real Decreto-ley 19/2026, que dispone la revisión de las indemnizaciones por residencia en la Comunidad Autónoma de las Illes Balears. La Mesa General de Negociación ha adoptado un acuerdo que establece los nuevos importes mensuales para cada uno de los Grupos/Subgrupos regulados en el artículo 76 del Texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.

Los nuevos importes mensuales variarán según el Grupo/Subgrupo y el área territorial. Por ejemplo, el Subgrupo A1 y grupo profesional 1.º tendrá una indemnización de 214,61 euros en Mallorca y 697,67 euros en el resto del archipiélago balear.

El coste de esta medida recaerá en la Administración General del Estado, que deberá asumir el aumento de las indemnizaciones. Los beneficiarios directos serán los funcionarios y personal laboral destinados en las Illes Balears, que verán aumentadas sus retribuciones.

Análisis

Esta medida supone un aumento del gasto público en indemnizaciones por residencia, que puede tener un impacto en la economía local de las Illes Balears. La aplicación del Real Decreto-ley 19/2026 y la negociación colectiva han permitido establecer nuevos importes mensuales que reflejan la situación actual de la Comunidad Autónoma. Los funcionarios y personal laboral destinados en las Illes Balears serán los principales beneficiarios de esta medida, que puede tener un efecto positivo en su bienestar económico.

A quién afecta

  • Funcionarios
  • Personal laboral de la Administración General del Estado
Texto íntegro del BOE desplegar

El Consejo de Ministros, en su reunión de 7 de julio de 2026, a propuesta del Ministro de Hacienda y del Ministro para la Transformación Digital y de la Función Pública, ha aprobado un acuerdo por el que se aprueba la modificación de las cuantías de las indemnizaciones por residencia del personal del sector público destinado en la Comunidad Autónoma de las Illes Balears en aplicación de lo previsto en la disposición adicional única del Real Decreto-ley 19/2026, de 30 de junio, de medidas urgentes en materia de jubilación parcial anticipada del personal laboral de las Administraciones Públicas y de complemento de insularidad en Illes Balears. parrafo Para general conocimiento, se dispone su publicación como anexo a la presente orden. parrafo Madrid, 7 de julio de 2026.–El Ministro de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, Félix Bolaños García. parrafo_2 ANEXO anexo_num Acuerdo por el que se aprueba la modificación de las cuantías de las indemnizaciones por residencia del personal del sector público destinado en la Comunidad Autónoma de las Illes Balears en aplicación de lo previsto en la disposición adicional única del Real Decreto-ley 19/2026, de 30 de junio, de medidas urgentes en materia de jubilación parcial anticipada del personal laboral de las Administraciones Públicas y de complemento de insularidad en Illes Balears anexo_tit El Real Decreto-ley 19/2026, de 30 de junio, de medidas urgentes en materia de jubilación parcial anticipada del personal laboral de las Administraciones Públicas y de complemento de insularidad en Illes Balears, en su disposición adicional única, dispone que «El Gobierno revisará en el plazo de seis meses las cuantías de las indemnizaciones por residencia del personal del sector público estatal destinado en la Comunidad Autónoma de las Illes Balears y, previa negociación colectiva, aprobará la modificación de las cuantías vigentes para adaptarlas a la situación actual. La actualización no podrá suponer una minoración de l

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Redacción asistida por IA · revisión editorial humana · fuente: BOE/EUR-Lex

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