Crónica
La Presidencia del Consejo Superior de Deportes corrige errores en la lista de deportistas de alto nivel del año 2026. Se rectifican datos de varios deportistas y se incluye la relación de los que debieron aparecer en el anexo original.
El Consejo Superior de Deportes ha detectado errores en la lista de deportistas de alto nivel publicada el 22 de junio de 2026. Para corregirlos, se ha emitido una nueva resolución que rectifica los datos de varios deportistas y añade los que faltaban. Los errores se encontraban en el anexo de la resolución original y afectaban a deportistas de diferentes disciplinas.
La rectificación incluye la corrección de nombres y apellidos de algunos deportistas, así como la inclusión de nuevos deportistas que cumplían los criterios para ser considerados de alto nivel. La resolución también facilita la relación de los deportistas que debieron aparecer en el anexo original.
Esta corrección es importante para garantizar la exactitud de la información y evitar confusiones en la identificación de los deportistas de alto nivel. Los deportistas afectados por la corrección pueden verificar su información en la resolución publicada.
El Consejo Superior de Deportes ha actuado de oficio para rectificar los errores, lo que demuestra su compromiso con la transparencia y la precisión en la gestión de los deportistas de alto nivel.
A quién afecta
- Deportistas de alto nivel
- Federaciones deportivas
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Detectados errores en el anexo de la Resolución de 11 de junio de 2026, de la Presidencia del Consejo Superior de Deportes, sobre la relación de deportistas de alto nivel correspondiente al segundo listado del año 2026, publicada en el «Boletín Oficial del Estado», número 151, de 22 de junio de 2026, y de acuerdo con lo previsto en el artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones públicas, que establece que dichas Administraciones podrán, asimismo, rectificar en cualquier momento, de oficio o a instancia de los interesados, los errores materiales, de hecho o aritméticos existentes en sus actos, se procede a realizar las oportunas rectificaciones: parrafo En los datos de los siguientes deportistas: parrafo_2 En la página 86737, donde dice: «***2197** Baque Gómez, Pau», debe decir: «***2197** Baqué Gómez, Pau». parrafo_2 En la página 86740, donde dice: «***5852** Figueredo Fernández, Bruno», debe decir: «***5852** Figueredo Fernández, Bruno Melquiades». parrafo En la página 86741, donde dice: «***0360** Garreta Farrus, Aina», debe decir: «***0360** Garreta Farrús, Aina». parrafo En la página 86749, donde dice: «***6540** Rovira Roca, Mariana», debe decir: «***6550** Rovira Roca, Mariana». parrafo Se incluye la relación de los deportistas que debieron aparecer en el anexo de la citada resolución, facilitados por los correspondientes técnicos de alta competición del CSD que cumplían criterios para calificar como deportistas de alto nivel: parrafo_2 Madrid, 2 de julio de 2026.–El Presidente del Consejo Superior de Deportes, José Manuel Rodríguez Uribes. parrafo_2 9% 12% 47% 31% Listado cabeza_tabla NIF cabeza_tabla Deportista cabeza_tabla Federación cabeza_tabla 1 cuerpo_tabla_coma ***7646** cuerpo_tabla_centro Abajo Salcedo, Lucía . cuerpo_tabla_izq Esgrima. cuerpo_tabla_izq 2 cuerpo_tabla_coma ***2437** cuerpo_tabla_centro Alós Crespí, José . cuerpo_tabla_izq Pesca y Casting. cuerpo_tabla_izq 3 cuerpo_
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Redacción asistida por IA · revisión editorial humana · fuente: BOE/EUR-Lex
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