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BOE COMUNIDAD DE CASTILLA Y LEÓN · Resolución

Castilla y León protege gacería

La Dirección General de Patrimonio Cultural de Castilla y León inicia el procedimiento para declarar la gacería como bien de interés cultural de carácter inmaterial, según la Ley 7/2024, de 20 de junio, para preservar esta tradición vinculada al mundo del trillo en el municipio de Cantalejo. El procedimiento incluirá la descripción del bien y su ámbito geográfico.


Crónica

La Dirección General de Patrimonio Cultural de Castilla y León inicia el procedimiento para declarar la gacería como bien de interés cultural de carácter inmaterial, según la Ley 7/2024, de 20 de junio, para preservar esta tradición vinculada al mundo del trillo en el municipio de Cantalejo. El procedimiento incluirá la descripción del bien y su ámbito geográfico.

La gacería, una tradición arraigada en el municipio de Cantalejo, en la provincia de Segovia, se encuentra en vías de ser declarada bien de interés cultural de carácter inmaterial por la Dirección General de Patrimonio Cultural de Castilla y León. Esta decisión se enmarca en la Ley 7/2024, de 20 de junio, que busca preservar el patrimonio cultural de la región.

La gacería tiene sus orígenes en el siglo XVI, cuando la fabricación de trillos se convirtió en una actividad económica fundamental en la zona. Con el tiempo, esta tradición se ha mantenido viva gracias a la dedicación de los habitantes de Cantalejo y sus alrededores. La declaración como bien de interés cultural supondrá un reconocimiento oficial a esta rica herencia cultural y permitirá su protección y promoción para las generaciones futuras.

El procedimiento de declaración incluirá la descripción detallada de la gacería, su ámbito geográfico y su importancia cultural. Además, se analizarán los usos, representaciones, expresiones, conocimientos y técnicas que comporta esta tradición, así como los bienes materiales y las comunidades que la sustentan.

La iniciativa de proteger la gacería como patrimonio cultural inmaterial refleja el compromiso de la Comunidad Autónoma de Castilla y León con la preservación de su rico legado cultural. Esta decisión también supone un paso importante hacia la promoción del turismo cultural y el desarrollo sostenible de la región.

A quién afecta

  • Comunidades autónomas
  • Municipios

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La Ley 7/2024, de 20 de junio, de Patrimonio Cultural de Castilla y León, prevé en su artículo 12 que «El Patrimonio Cultural de Castilla y León está integrado por los bienes materiales e inmateriales que posean valores históricos, artísticos, arquitectónicos, arqueológicos, paisajísticos, etnológicos, industriales, científicos y técnicos, incluyendo la arquitectura tradicional y vernácula, así como los paleontológicos relacionados con la historia de la humanidad. También forman parte del mismo el patrimonio documental, bibliográfico y lingüístico». parrafo En cuanto a lo que debe entenderse como bienes inmateriales, la norma citada los define en su artículo 22.1 como: parrafo «a) Tradiciones y expresiones orales, incluidas las modalidades y particularidades lingüísticas como vehículo del patrimonio cultural inmaterial, así como la toponimia tradicional como instrumento para la concreción de la denominación geográfica de los territorios. parrafo_2 b) Artes del espectáculo. parrafo c) Usos sociales, rituales, actos festivos y deportes autóctonos. parrafo d) Conocimientos y usos relacionados con la naturaleza y el universo. parrafo e) Técnicas artesanales tradicionales. parrafo f) Gastronomía, elaboraciones culinarias y alimentación. parrafo g) Aprovechamientos específicos de los paisajes naturales. parrafo h) Formas de socialización colectiva y organizaciones. parrafo i) Manifestaciones sonoras, música y danza tradicional.» parrafo En tal sentido, la gacería constituye un testimonio de formas de vida pasadas, vinculadas a la historia social y económica de Cantalejo, que forma parte del patrimonio lingüístico de Castilla y León como jerga histórica que nos habla de oficios tradicionales y de identidad cultural de una comunidad que ha mantenido este patrimonio cultural a lo largo de la historia y que ha sabido revitalizarlo en los últimos tiempos. parrafo_2 Como bien inmaterial, se incluiría dentro del epígrafe 1.a) del referido artículo 22. parrafo El apartado 2 del c

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Redacción asistida por IA · revisión editorial humana · fuente: BOE/EUR-Lex

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