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Diligent students are writing test sitting at desks in lecture hall while handsome young man in glasses is asking questions talking to teacher. Education, knowledge and people concept. · Vitaly Gariev · Unsplash

BOE MINISTERIO DE INCLUSIÓN, SEGURIDAD SOCIAL Y MIGRACIONES · Resolución

Amplíal plazo para celebrar el primer ejercicio de la fase de oposición del proceso selectivo para ingreso, como personal laboral fijo de los buques «Esperanza del Mar» y «Juan de la Cosa», del Instituto Social de la Marina, convocado por Resolución de 4 de mayo de 2026.


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Por Resolución de 4 de mayo de 2026 de la Subsecretaría del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones (BOE del 14) se convocó proceso selectivo para el ingreso como personal laboral fijo de los buques «Esperanza del Mar» y «Juan de la Cosa» del Instituto Social de la Marina, sujetos al Convenio Colectivo de Buques Sanitarios del Instituto Social de la Marina. parrafo En la base 6 de la convocatoria, «Desarrollo del proceso selectivo», se incluye en el epígrafe 6.1 «El primer ejercicio de la fase de oposición se celebrará en el plazo de tres meses desde la publicación de la convocatoria estando previsto finalizar la misma en el plazo máximo de nueve meses desde su publicación en el “Boletín Oficial del Estado”, salvo circunstancias organizativas justificadas». parrafo El elevado número de categorías profesionales convocadas y las condiciones del personal que ha de permanecer embarcado durante largos periodos, imposibilita el cumplimiento de los plazos mencionados en los apartados anteriores. parrafo La Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en el artículo 32 establece la posibilidad de ampliar los plazos establecidos en los siguientes términos: «1. La Administración, salvo precepto en contrario, podrá conceder de oficio o a petición de los interesados, una ampliación de los plazos establecidos, que no exceda de la mitad de los mismos, si las circunstancias lo aconsejan y con ello no se perjudican derechos de tercero. El acuerdo de ampliación deberá ser notificado a los interesados». parrafo Continua el punto 3 previendo lo siguiente: «Tanto la petición de los interesados como la decisión sobre la ampliación deberán producirse, en todo caso, antes del vencimiento del plazo de que se trate. En ningún caso podrá ser objeto de ampliación un plazo ya vencido». parrafo Los acuerdos sobre ampliación de plazos o sobre su denegación no serán susceptibles de recurso, sin perjuicio del procedente cont

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  • MODIFICA el plazo para celebrar el primer ejercicio de la fase de oposición del proceso selectivo convocado por Resolución de 4 de mayo de 2026

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Redacción asistida por IA · revisión editorial humana · fuente: BOE/EUR-Lex

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