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Examinada y debatida la propuesta de adjudicación de la Comisión de Valoración, elevada a este órgano por la Secretaria General, la Comisión de Gobierno, en su reunión del día 9 de julio de 2026, en el ejercicio de las atribuciones que le confieren los artículos 6 f) y 93.2 de la Ley 7/1988, de 5 de abril, de Funcionamiento del Tribunal de Cuentas, sin perjuicio de lo previsto en los artículos 20.c) de la Ley Orgánica 2/1982, de 12 de mayo, del Tribunal de Cuentas, y 2.1 c) de la de su Funcionamiento, de conformidad con lo que disponen los artículos 20 de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de medidas para la reforma de la Función Pública, 45 y siguientes del Reglamento General de Ingreso, Provisión de puestos de trabajo y Promoción Profesional de los funcionarios civiles de la Administración General del Estado, aprobado por el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, así como los demás preceptos de pertinente y general aplicación, a tenor de lo establecido en los artículos 37.1 de la Ley Orgánica 2/1982, de 12 de mayo, del Tribunal de Cuentas, 88 y 93.1 y 2 de la Ley 7/1988, de 5 de abril, de su Funcionamiento, y acreditada la observancia del procedimiento debido, así como el cumplimiento por parte de las personas candidatas elegidas de los requisitos y especificaciones exigidos en la convocatoria, acordó adjudicar a las personas candidatas propuestas por la Comisión de Valoración los puestos de trabajo ofertados. En su virtud, Esta Presidencia, en el ejercicio de las atribuciones que le confiere el artículo 2.1.c) de la citada ley, dispone hacer público lo siguiente: Primero. Adjudicar los puestos de trabajo convocados a los funcionarios y funcionarias que se relacionan en el anexo, con expresión de los puestos en los que cesan. Segundo. El plazo de toma de posesión del nuevo destino obtenido será de tres días hábiles, si no implica cambio de residencia del personal funcionario, o de un mes, si comporta cambio de residencia o el reingreso al servicio activo. Dicho plazo
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Redacción asistida por IA · publicación automatizada, sin revisión previa (aviso · correcciones) · fuente: BOE/EUR-Lex
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