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A propuesta de la persona titular de la Dirección General de Transformación Digital de la Administración de Justicia y de acuerdo con lo previsto en el artículo 20.1.b) y c) de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública, modificado en su redacción por la Ley 23/1988, de 28 de julio, con el alcance establecido en la disposición final cuarta del Estatuto Básico del Empleado Público, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, y en relación con el capítulo III del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de provisión de puestos de trabajo y promoción profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración del Estado, Este Departamento acuerda anunciar la provisión, por el procedimiento de libre designación, del puesto de trabajo que se relaciona en el anexo I de la presente resolución, con arreglo a las siguientes Bases Primera. El puesto de trabajo a proveer mediante libre designación entre personal funcionario, al que se refiere la convocatoria, se detalla en el anexo I, que podrá ser solicitado por el personal funcionario que reúna los requisitos establecidos para el desempeño del mismo en la relación de puestos de trabajo aprobada por la Comisión Ejecutiva de la Comisión Interministerial de Retribuciones para este Ministerio. Segunda. El personal funcionario dirigirá su solicitud, que habrá de ajustarse al modelo que figura como anexo II, a la Dirección General de Servicios (Subdirección General de Planificación y Coordinación), en la Subsecretaría de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes. Tercera. Las solicitudes se presentarán en el modelo de solicitud que figura como anexo II y se dirigirán en el plazo de quince días hábiles, a contar desde el siguiente al de la publicación de la presente resolución en el «Boletín Oficial del Estado», en el Registro Ge
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Redacción asistida por IA · publicación automatizada, sin revisión previa (aviso · correcciones) · fuente: BOE/EUR-Lex
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