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BOE MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA Y RELACIONES CON LAS CORTES · Resolución

Subsecretaría modifica convocatoria

La Subsecretaría ajusta la convocatoria para el ingreso en el Cuerpo de Abogados del Estado.


Crónica

La Subsecretaría ajusta la convocatoria para el ingreso en el Cuerpo de Abogados del Estado.

El Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes ha publicado una resolución que modifica la convocatoria del proceso selectivo para ingreso en el Cuerpo de Abogados del Estado. Esta modificación se realiza con el objetivo de reforzar la seguridad jurídica del proceso selectivo y adecuar su desarrollo a la correcta valoración de las competencias, capacidades y conocimientos exigidos para el acceso al Cuerpo de Abogados del Estado.

La modificación introduce la posibilidad de un segundo llamamiento en el primer ejercicio, lo que permitirá a los aspirantes que no puedan presentarse en el primer llamamiento tener una segunda oportunidad. Esto no supone ninguna alteración en el resto de las bases de la convocatoria ni de la configuración esencial del proceso selectivo.

La resolución entra en vigor con su publicación en el Boletín Oficial del Estado, lo que significa que los aspirantes que ya se han inscrito en el proceso selectivo deberán tener en cuenta esta modificación a la hora de prepararse para los ejercicios.

A quién afecta

  • Aspirantes al Cuerpo de Abogados del Estado
Texto íntegro del BOE desplegar

El 27 de diciembre de 2025, se publicó en el «Boletín Oficial del Estado», número 312, la Resolución de 23 de diciembre de 2025, de la Subsecretaría, por la que se convocó proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre, en el Cuerpo de Abogados del Estado (en adelante, «la convocatoria»). parrafo De conformidad con el artículo 23.2 de la Constitución Española, el artículo 55 del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, y el artículo 112 del Real Decreto‑ley 6/2023, de 19 de diciembre, y con la finalidad de reforzar la seguridad jurídica del proceso selectivo y adecuar su desarrollo a la correcta valoración de las competencias, capacidades y conocimientos exigidos para el acceso al Cuerpo de Abogados del Estado, resulta necesario prever la posibilidad de un segundo llamamiento en el primer ejercicio. parrafo En este sentido, y al amparo de lo que establece el artículo 15.5 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al servicio de la Administración general del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración general del Estado, procede realizar la siguiente modificación en el apartado 8.7 de la convocatoria, página 176327 del «Boletín Oficial del Estado» número 312, de 27 de diciembre de 2025. parrafo Así, donde dice: parrafo «8.7 Las personas aspirantes serán convocadas en llamamiento único quedando decaídos en su derecho quienes no comparezcan a realizarlo, sin perjuicio de lo dispuesto en el apartado 13». parrafo_2 Debe decir: parrafo_2 «8.7 Las personas aspirantes serán convocadas para el primer ejercicio teórico en primer y segundo llamamiento, siendo excluidos de la oposición quienes no comparezcan. Para el segundo ejercicio teórico, el ejercicio de idiomas y los dos ejercicios prácticos, existirá un único llamamien

Leer el texto completo en BOE →

Normativa anterior tocada

  • MODIFICA la Resolución de 23 de diciembre de 2025

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Redacción asistida por IA · revisión editorial humana · fuente: BOE/EUR-Lex

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