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Congress of Deputies of Spain
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BOE MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA Y RELACIONES CON LAS CORTES · Resolución

Resuelven solicitudes de Letradas y Letrados de la Administración de Justicia sobre reconocimiento del mérito preferente del conocimiento oral y escrito de la lengua oficial y del derecho propio de determinadas Comunidades Autónomas, a efectos de concursos de traslados.

La Secretaría General para la Innovación y Calidad del Servicio Público de Justicia ha resuelto solicitudes de Letradas y Letrados de la Administración de Justicia sobre reconocimiento del mérito preferente del conocimiento oral y escrito de la lengua oficial y del derecho propio de determinadas Comunidades Autónomas. Esto supondrá un reconocimiento a los solos efectos de concursos de traslados de una puntuación máxima equivalente a tres años de antigüedad.


Crónica

La Secretaría General para la Innovación y Calidad del Servicio Público de Justicia ha resuelto solicitudes de Letradas y Letrados de la Administración de Justicia sobre reconocimiento del mérito preferente del conocimiento oral y escrito de la lengua oficial y del derecho propio de determinadas Comunidades Autónomas. Esto supondrá un reconocimiento a los solos efectos de concursos de traslados de una puntuación máxima equivalente a tres años de antigüedad.

La Secretaría General para la Innovación y Calidad del Servicio Público de Justicia ha publicado una resolución en la que se resuelven solicitudes de Letradas y Letrados de la Administración de Justicia sobre reconocimiento del mérito preferente del conocimiento oral y escrito de la lengua oficial y del derecho propio de determinadas Comunidades Autónomas.

La resolución establece que el conocimiento de la lengua oficial propia de determinadas Comunidades Autónomas se valorará como mérito, con una puntuación máxima equivalente a tres años de antigüedad, según el nivel de conocimiento. Los niveles de conocimiento se valorarán de la siguiente manera: Nivel elemental: 1 año, Nivel medio: 2 años, Nivel superior: 3 años.

La resolución también establece que el conocimiento del Derecho propio de determinadas Comunidades Autónomas se valorará como mérito, con una puntuación equivalente a un año de antigüedad. La resolución afecta a varios Letrados y Letradas de la Administración de Justicia que han solicitado el reconocimiento de estos méritos.

La resolución tiene implicaciones importantes para los concursos de traslados de Letrados y Letradas de la Administración de Justicia, ya que el reconocimiento de estos méritos puede influir en la puntuación final de los candidatos.

A quién afecta

  • Letrados y Letradas de la Administración de Justicia
Texto íntegro del BOE desplegar

La Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio del Poder Judicial, dispone en el artículo 450.4 que en aquellas Comunidades Autónomas que gocen de derecho civil, foral o especial, y de idioma oficial propios, el conocimiento de los mismos se valorará como mérito. Y el artículo 109 del Real Decreto 1608/2005, de 30 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico del Cuerpo de Secretarios Judiciales establece que en la resolución de los concursos para la provisión de destinos en territorio de las Comunidades Autónomas cuyos Estatutos de Autonomía reconocen la oficialidad de una lengua propia distinta del castellano y de las que poseen Derecho propio se tendrá en cuenta el reconocimiento de méritos por la acreditación de dichos conocimientos y establece el procedimiento y la forma de valoración de los mismos. parrafo Esta Secretaría General de conformidad con lo dispuesto en las referidas normas, ha resuelto: parrafo Primero. articulo Aprobar las propuestas en relación con las solicitudes presentadas por miembros del Cuerpo de Letrados de la Administración de Justicia en las que interesan se les reconozca el mérito del conocimiento oral y escrito de la lengua oficial propia de determinadas Comunidades Autónomas, lo que supondrá un reconocimiento a los solos efectos de concursos de traslados de una puntuación máxima equivalente a tres años de antigüedad, según el nivel de conocimiento, valorándose de la siguiente manera: parrafo_2 Nivel elemental: 1 año. parrafo_2 Nivel medio: 2 años. parrafo Nivel superior: 3 años. parrafo Segundo. articulo Aprobar las propuestas en relación con las solicitudes presentadas por miembros del Cuerpo de Letrados de la Administración de Justicia en las que interesan se les reconozca el mérito del conocimiento del Derecho propio de determinadas Comunidades Autónomas, lo que supondrá un reconocimiento a los solos efectos de concursos de traslados de una puntación equivalente a un año de antigüedad. parrafo Tercero. articulo Notificar el tex

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