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Person sitting on a rocky outcrop overlooking a valley · Maria Lupan · Unsplash

BOE MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO · Resolución

Energía autoriza planta solar de 49MW en Valladolid

La Dirección General de Política Energética y Minas otorga autorización administrativa previa y de construcción para el módulo solar fotovoltaico San Lorenzo A, de 49,11 MW, en Castromonte, Peñaflor de Hornija y Torrelobatón, Valladolid. El proyecto se hibridará con el parque eólico existente San Lorenzo A y contará con infraestructuras de evacuación.


Crónica

La Dirección General de Política Energética y Minas otorga autorización administrativa previa y de construcción para el módulo solar fotovoltaico San Lorenzo A, de 49,11 MW, en Castromonte, Peñaflor de Hornija y Torrelobatón, Valladolid. El proyecto se hibridará con el parque eólico existente San Lorenzo A y contará con infraestructuras de evacuación.

La empresa Parques Eólicos San Lorenzo, SLU, presentó una solicitud de autorización para la instalación fotovoltaica San Lorenzo A, con el objetivo de hibridarla con el parque eólico existente San Lorenzo A, de 48,75 MW, en la provincia de Valladolid. El proyecto, que cuenta con una potencia instalada de 49,11 MW, incluye la construcción de varias líneas subterráneas de 30 kV y la ampliación de la subestación eléctrica San Lorenzo 30/220 kV.

La tramitación del expediente se llevó a cabo de conformidad con el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, y se solicitó la opinión de las distintas administraciones y organismos afectados. La Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico emitió un informe de determinación de afección ambiental, en el que se concluyó que el proyecto no tendría efectos adversos significativos en el medio ambiente.

La autorización otorgada por la Dirección General de Política Energética y Minas es un paso importante para el desarrollo de la instalación fotovoltaica San Lorenzo A, que contribuirá a la generación de energía renovable en la región. El proyecto se enmarca en la política de transición ecológica del gobierno, que busca fomentar la producción de energía limpia y reducir la dependencia de los combustibles fósiles.

La puesta en marcha de la instalación fotovoltaica San Lorenzo A tendrá un impacto positivo en la economía local, ya que generará empleo y estimulará la actividad económica en la zona. Además, la hibridación con el parque eólico existente San Lorenzo A permitirá optimizar la producción de energía renovable y reducir los costes de mantenimiento.

A quién afecta

  • Empresas de energía renovable
  • Ayuntamientos de Castromonte, Peñaflor de Hornija y Torrelobatón
Texto íntegro del BOE desplegar

Parques Eólicos San Lorenzo, SLU, en adelante el promotor, presentó con fecha 18 de diciembre de 2022, subsanada con fecha 18 de abril de 2024, solicitud de autorización administrativa previa, autorización administrativa de construcción y declaración, en concreto, de utilidad pública para la instalación fotovoltaica San Lorenzo A, de 49,11 MW de potencia instalada, sita en los términos municipales de Castromonte, Peñaflor de Hornija y Torrelobatón (Valladolid), para su hibridación con el parque eólico existente San Lorenzo A, de 48,75 MW, y para una parte de su infraestructura de evacuación, constituida por varias líneas subterráneas de 30 kV y la ampliación de la subestación eléctrica San Lorenzo 30/220 kV. parrafo Con fecha 28 de diciembre, se publicó en el «Boletín Oficial del Estado» el Real Decreto-ley 20/2022, de 27 de diciembre, de medidas de respuesta a las consecuencias económicas y sociales de la Guerra de Ucrania y de apoyo a la reconstrucción de la isla de La Palma y a otras situaciones de vulnerabilidad. parrafo Mediante resolución de fecha 26 de enero de 2024, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, se formula informe de determinación de afección ambiental (en adelante, IDAA), en el sentido de que el proyecto puede continuar con la correspondiente tramitación del procedimiento de autorización al no apreciarse efectos adversos significativos en el medio ambiente que requieran su sometimiento a procedimiento de evaluación ambiental conforme a la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental. parrafo Incluido en su escrito de fecha 18 de abril de 2024, el promotor solicita acogerse al procedimiento simplificado de autorización de proyectos de energías renovables, de conformidad con lo establecido en el artículo 23 del citado Real Decreto-ley 20/2022, de 27 de diciembre. parrafo La Dirección General de Política Energética y Minas, con fecha 29 de septiembre de 20

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