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two men facing each other while shake hands and smiling
two men facing each other while shake hands and smiling · Sebastian Herrmann · Unsplash

BOE MINISTERIO DE CIENCIA, INNOVACIÓN Y UNIVERSIDADES

Extracto de la Resolución de 18 de mayo de 2026 de la Dirección General del Centro para el Desarrollo Tecnológico y la Innovación E.P.E., por la que se aprueba la convocatoria del procedimiento de concesión directa de ayudas a proyectos que hayan obtenido el Sello de Excelencia del Acelerador del Consejo Europeo de Innovación, cofinanciadas por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional.


Crónica

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Texto íntegro del BOE desplegar

BDNS(Identif.):906733 parrafo De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/906733) parrafo Primero. Objeto y finalidad de las ayudas. parrafo La convocatoria tiene por objeto aprobar el procedimiento de concesión directa de ayudas para la financiación de los proyectos del instrumento Acelerador del Consejo Europeo de Innovación ("EIC Accelerator") del Programa Marco de Investigación e Innovación Horizonte Europa, que hayan obtenido un Sello de Excelencia en las siguientes convocatorias: parrafo - Segunda convocatoria de 2024. parrafo - Segunda convocatoria de 2025. parrafo Las convocatorias EIC Accelerator pertenecientes a 2024 están incluidas en el Programa de Trabajo del EIC para 2024, aprobado mediante Decisión C (2023) 8849 de 12 de diciembre de 2023 de la Comisión Europea. parrafo Las convocatorias de 2025 están incluidas en el Programa de Trabajo del EIC para 2025, aprobado mediante Decisión C (2024) 7451 de 29 de octubre de 2024. parrafo La finalidad de estas ayudas es fomentar la implementación de la innovación y la inversión empresarial en I+D+i, como valor añadido y como instrumento para el incremento de la productividad de las empresas reconocidas como excelentes en el instrumento EIC Accelerator. parrafo Segundo. Entidades Beneficiarias parrafo Podrán ser beneficiarios de las ayudas objeto de esta convocatoria las empresas que tengan la consideración de pequeñas y medianas empresas (PYMES), según la definición del Anexo I del Reglamento (UE) nº 651/2014, de 17 de junio de 2014, y que se encuentren recogidas en el Anexo I de la convocatoria, por haber obtenido el Sello de Excelencia conforme a lo previsto en el apartado anterior. parrafo Tercero. Características y cuantía de la ayuda. parra

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Redacción asistida por IA · revisión editorial humana · fuente: BOE/EUR-Lex

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