Crónica
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Con fecha 30 de mayo de 2025 se procedió a incoar por el Delegado de Economía y Hacienda en Toledo expediente para la declaración administrativa de herencia abintestato a favor de la Administración General del Estado de ÁNGEL BRAVO ALÍA, publicándose el referido acuerdo en el Boletín Oficial del Estado, en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de última residencia del causante y en la página web del Ministerio de Hacienda, siendo instruido de conformidad con los artículos 20.6 y 20 bis de la Ley 33/2003, de 3 de noviembre, del Patrimonio de las Administraciones Públicas (LPAP), y en los artículos 4 y siguientes de su Reglamento General, aprobado por Real Decreto 1373/2009, de 28 de agosto. parrafo De conformidad con lo dispuesto en el párrafo segundo del artículo 20 bis.6 de la LPAP, el procedimiento de abintestato ha incurrido en caducidad al haber transcurrido el plazo de un año desde que se acordó su inicio. parrafo Por todo lo expuesto, esta Dirección General acuerda: parrafo 1º.- Declarar la caducidad del procedimiento incoado el 30 de mayo de 2025 para reconocer a la Administración General del Estado como heredera abintestato ÁNGEL BRAVO ALÍA en aplicación del artículo 20 bis.6 LPAP, por haberse agotado el plazo de un año para la resolución del procedimiento, pudiendo volverse a incoar un nuevo procedimiento en el que, además de efectuarse el trámite de las publicaciones previstas en la ley, se incorporarán los actos y documentos cuyo contenido se hubiera mantenido igual de no haberse producido la caducidad. parrafo 2º.- Disponer la publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial del Estado y en los demás medios en los que se publicó el acuerdo de incoación, de conformidad con lo previsto en apartado 7 del artículo 20.bis de la Ley 33/2003, de 3 de noviembre, debiendo comunicarse además personalmente a los interesados en el expediente y, en su caso, al denunciante. parrafo Toledo, 24 de junio de 2026.- El Director General P D (Res. 27-07-15, BOE 0
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