Crónica
La Junta General Ordinaria y Extraordinaria de Accionistas de Sant Cugat Dir, S.A. aprueba reducir el capital social a cero y aumentarlo hasta 69.160 euros mediante la creación de nuevas acciones. Los accionistas tienen derecho de suscripción preferente en un plazo de un mes.
La Junta General Ordinaria y Extraordinaria de Accionistas de Sant Cugat Dir, S.A. ha aprobado una reducción de capital social a cero, seguida de un aumento de capital hasta 69.160 euros. Esta decisión se toma para restablecer el equilibrio entre el capital y el patrimonio neto de la Compañía, disminuido como consecuencia de pérdidas.
Los accionistas de la Compañía tienen derecho de suscripción preferente de las nuevas acciones emitidas en proporción al valor nominal de las que ya posean en la Compañía. El plazo para ejercer este derecho es de un mes a partir de la publicación del anuncio.
La reducción de capital social y el aumento de capital simultáneo buscan garantizar la viabilidad financiera de la Compañía. Los accionistas que deseen ejercer su derecho de suscripción preferente deben comunicarlo a la oficina de atención al inversor de la Compañía y realizar el desembolso íntegro del valor nominal y prima de las acciones suscritas.
En caso de que no se alcance la cifra total de 69.160 euros, el capital quedará aumentado en la cuantía desembolsada siempre y cuando sea igual o superior a la cifra de capital social mínimo. De lo contrario, el acuerdo de reducción y aumento de capital social quedará sin efecto.
A quién afecta
- Accionistas de Sant Cugat Dir, S.A.
- Inversores
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En cumplimiento de lo previsto en el artículo 305 de la Ley de Sociedades de Capital (LSC), se hace público que la Junta General Ordinaria y Extraordinaria de Accionistas de Sant Cugat Dir, S.A., en reunión celebrada en primera convocatoria en fecha 22 de junio de 2026, conforme anuncio publicado el 19 de mayo de 2026 en el BORME (nº 93) y el 21 de mayo de 2026 en el diario El Punt Avui, ha aprobado reducir el capital social a cero mediante la amortización de la totalidad de las acciones, con la finalidad de restablecer el equilibrio entre el capital y el patrimonio neto de la Compañía disminuido como consecuencia de pérdidas, quedando la reducción condicionada a la ejecución de un simultáneo acuerdo de aumento de capital social adoptado en el mismo acto hasta la cifra de 69.160 euros, mediante la creación de un máximo de 2.470 nuevas acciones nominativas, numeradas de la 1 a la 2.470, ambas inclusive, de 28,00.-€ de valor nominal cada una de ellas, con una prima unitaria por acción de 322,00.-€, consistiendo su contravalor en aportaciones dinerarias. parrafo En tanto que la reducción de capital social acordada tiene por única finalidad el restablecer el equilibrio entre el capital social y el patrimonio neto, disminuido por consecuencias de pérdidas, los acreedores no tienen derecho de oposición al amparo de lo previsto en el artículo 335 de la LSC. parrafo En el plazo de un mes a contar desde la publicación del presente anuncio, se reserva a los accionistas el derecho de suscripción preferente de las nuevas acciones emitidas en proporción al valor nominal de las que ya posean en la Compañía. Como el número de acciones creadas coincide con el número de acciones amortizadas, cada accionista podrá suscribir el mismo número de acciones que tenía previamente. Se exige el desembolso íntegro de capital y prima de las acciones suscritas. parrafo El derecho de suscripción preferente podrá ejercitarse total o parcialmente mediante correo electrónico remitido a la oficina de
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Redacción asistida por IA · revisión editorial humana · fuente: BOE/EUR-Lex
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