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BOE SECCIÓN SEGUNDA. Anuncios y avisos legales · FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS

Ilunion absorbe a Lavanderías Crisol

Ilunion Lavanderías de Canarias, S.A. Unipersonal absorbe a Lavanderías Mecánicas Crisol, S.L. Unipersonal, ambas íntegramente participadas por Grupo Ilunion, S.L. La fusión se realiza sin aumento de capital social ni informe de administradores.


Crónica

Ilunion Lavanderías de Canarias, S.A. Unipersonal absorbe a Lavanderías Mecánicas Crisol, S.L. Unipersonal, ambas íntegramente participadas por Grupo Ilunion, S.L. La fusión se realiza sin aumento de capital social ni informe de administradores.

La absorción de Lavanderías Mecánicas Crisol por Ilunion Lavanderías de Canarias supone la desaparición de la primera sin liquidación, transmitiendo su patrimonio a la segunda. Esta operación se enmarca en el régimen de fusiones especiales por absorción de sociedades íntegramente participadas, previsto en el Real Decreto-Ley 5/2023.

La fusión ha sido aprobada por el accionista único de ambas sociedades, Grupo Ilunion, S.L., sin necesidad de aumento de capital social ni de informe de los administradores. Los acreedores de las sociedades participantes pueden instar un procedimiento para garantizar sus créditos en un plazo de un mes desde la publicación del anuncio.

Esta operación refleja la concentración de la actividad empresarial en el sector de las lavanderías, donde Ilunion busca fortalecer su posición. Los departamentos de administración y finanzas de las empresas involucradas deberán adaptarse a los cambios estructurales resultantes de la fusión.

La absorción de Lavanderías Mecánicas Crisol por Ilunion Lavanderías de Canarias beneficiará a la sociedad absorbente, que ampliará su capacidad y reducirá costes. Sin embargo, los acreedores y trabajadores de la sociedad absorbida deberán estar atentos a los cambios y garantías ofrecidas en el proceso de fusión.

A quién afecta

  • Departamentos de administración de empresas de lavanderías
  • Acreedores de empresas de lavanderías

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Texto íntegro del BOE desplegar

De conformidad a lo dispuesto en el artículo 10 del Real Decreto-Ley 5/2023, de 28 de junio, de transposición de la Directiva de la Unión Europea en materia de Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles (en adelante, "RDLME"), se hace público que con fecha 30 de junio de 2026, el accionista/socio único, respectivamente, de las mercantiles ILUNION LAVANDERÍAS DE CANARIAS, S.A. Unipersonal (la Sociedad Absorbente), y LAVANDERIAS MECÁNICAS CRISOL, S.L. Unipersonal (la Sociedad Absorbida), han decidido aprobar la fusión por absorción de la Sociedad Absorbida por la Sociedad Absorbente, en los términos establecidos en el Proyecto Común de Fusión (el Proyecto Común de Fusión), elaborado y suscrito en fecha 29 de mayo de 2026 por todos los miembros de sus respectivos órganos de administración. parrafo A esta fusión le resulta de aplicación el régimen de las fusiones especiales por absorción de sociedades íntegramente participadas previsto en el artículo 53.1 del RDLME por remisión del artículo 56.1 del mismo texto legal, al estar tanto la Sociedad Absorbente como la Sociedad Absorbida íntegramente participadas por el mismo accionista/socio único, la mercantil Grupo Ilunion, S.L., por lo que no se ha aumentado como consecuencia de la fusión el capital social de la Sociedad Absorbente, ni ha sido necesario informe de los administradores en la sección destinada a los socios de las sociedades intervinientes, ni de expertos independientes sobre el Proyecto Común de Fusión, ni tampoco ha sido necesario la inclusión en el mismo de las menciones 3º, 5º, 7º y 8º del artículo 40 del RDLME. parrafo De igual forma, al haber sido adoptado el acuerdo de fusión respectivamente por decisión del accionista/socio único tanto de la Sociedad Absorbente como de la Sociedad Absorbida, conforme previene el artículo 9 RDLME, no ha sido necesario publicar ni depositar previamente a la adopción del mismo los documentos exigidos por la Ley a estos efectos. parrafo No obstante, lo ant

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Redacción asistida por IA · revisión editorial humana · fuente: BOE/EUR-Lex

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