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BOE SECCIÓN SEGUNDA. Anuncios y avisos legales · FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS

Ilunion absorbe a Lavandería Morales

Ilunion Textil, S.A. Unipersonal absorbe a Lavandería Morales e Hijos, S.L. Unipersonal, tras la aprobación del accionista y socio único de ambas empresas el 30 de junio de 2026. La fusión se realiza en los términos del Proyecto Común de Fusión elaborado el 29 de mayo de 2026.


Crónica

Ilunion Textil, S.A. Unipersonal absorbe a Lavandería Morales e Hijos, S.L. Unipersonal, tras la aprobación del accionista y socio único de ambas empresas el 30 de junio de 2026. La fusión se realiza en los términos del Proyecto Común de Fusión elaborado el 29 de mayo de 2026.

La operación de fusión por absorción entre Ilunion Textil, S.A. Unipersonal y Lavandería Morales e Hijos, S.L. Unipersonal se ha llevado a cabo tras la aprobación del accionista y socio único de ambas empresas el 30 de junio de 2026.

El Proyecto Común de Fusión, elaborado el 29 de mayo de 2026, establece los términos de la fusión, que se realiza en el marco del régimen de fusiones especiales por absorción de sociedades íntegramente participadas previsto en el artículo 53.1 del Real Decreto-Ley 5/2023.

La fusión no ha requerido el aumento del capital social de la Sociedad Absorbente, ni la inclusión de informes de administradores o expertos independientes, ni la publicación previa de documentos exigidos por la Ley.

Como consecuencia de la fusión, la Sociedad Absorbida se disuelve sin liquidación y transmite su patrimonio social a la Sociedad Absorbente, que adquiere sus derechos y obligaciones.

Los acreedores de las sociedades que participan en la fusión tienen derecho a obtener el texto íntegro de los acuerdos de fusión adoptados y a instar el procedimiento previsto en el artículo 13 del Real Decreto-Ley 5/2023 en caso de no hallarse conformes con las garantías ofrecidas.

A quién afecta

  • Ilunion Textil, S.A. Unipersonal
  • Lavandería Morales e Hijos, S.L. Unipersonal
  • Accionistas y socios de ambas empresas

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Texto íntegro del BOE desplegar

De conformidad a lo dispuesto en el artículo 10 del Real Decreto-Ley 5/2023, de 28 de junio, de transposición de la Directiva de la Unión Europea en materia de Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles (en adelante, "RDLME"), se hace público que con fecha 30 de junio de 2026, el accionista y socio único respectivamente de las mercantiles ILUNION TEXTIL, S.A. Unipersonal (la Sociedad Absorbente), y LAVANDERIA MORALES E HIJOS, S.L. Unipersonal (la Sociedad Absorbida), han decidido aprobar la fusión por absorción de la Sociedad Absorbida por la Sociedad Absorbente, en los términos establecidos en el Proyecto Común de Fusión (el Proyecto Común de Fusión), elaborado y suscrito en fecha 29 de mayo de 2026 por todos los miembros de sus respectivos órgano de administración. parrafo A esta fusión le resulta de aplicación el régimen de las fusiones especiales por absorción de sociedades íntegramente participadas previsto en el artículo 53.1 del RDLME por remisión del artículo 56 del mismo texto legal, al estar tanto la Sociedad Absorbente como la Sociedad Absorbida, íntegramente participadas de forma directa, por el mismo accionista/socio único, la mercantil Grupo Ilunion S.L., por lo que no se ha aumentado como consecuencia de la fusión el capital social de la Sociedad Absorbente, ni ha sido necesario informe de los administradores en la sección destinada a los socios de las sociedades intervinientes, ni de expertos independientes sobre el Proyecto Común de Fusión, ni tampoco ha sido necesario la inclusión en el mismo de las menciones 3º, 5º, 7º y 8º del artículo 40 del RDLME. parrafo De igual forma, al haber sido adoptado el acuerdo de fusión respectivamente por decisión del accionista/socio único tanto de la Sociedad Absorbente como de la Sociedad Absorbida, conforme previene el artículo 9 RDLME, no ha sido necesario publicar ni depositar previamente a la adopción del mismo los documentos exigidos por la Ley a estos efectos. parrafo No obstante, lo anterio

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Redacción asistida por IA · revisión editorial humana · fuente: BOE/EUR-Lex

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