La Letra Pequeña

Disposiciones adicionales · transitorias · derogatorias · finales. Lo que se cuela donde nadie mira.

Esta semana, las normas oficiales esconden detalles que afectan desde el funcionariado judicial hasta los fondos del deporte. En la letra pequeña se deciden plazos, recursos y repartos que marcan diferencias prácticas.

  1. Disposición Quinta

    Excluye a funcionarios en comisión de servicios del requisito de desplazarse para formalizar su cese

    Los funcionarios judiciales que están en comisión de servicios pueden formalizar su cese en el órgano donde prestan servicio actual, sin necesidad de volver a su destino de origen. Las gerencias enviarán los documentos necesarios. Esto ahorra tiempo y costes de desplazamiento a los afectados, facilitando la transición entre puestos. Además, el cómputo del plazo para tomar posesión del nuevo destino se basará en la localidad del puesto en comisión, no en la reservada, lo que puede acortar o ajustar los tiempos de movilidad.

    en boe-BOE-A-2026-9724 · Cantabria resuelve traslados de funcionarios judiciales

  2. Disposición transitoria segunda

    Mantiene al SEPE gestionando subvenciones hasta que funcione la Agencia Española de Empleo

    El Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) seguirá ejerciendo funciones previstas para la futura Agencia Española de Empleo, incluyendo la gestión de subvenciones nominativas para colaborar con organismos como INJUVE, INAEM o CSIC. Esto prolonga temporalmente la capacidad del SEPE para financiar programas de empleo y formación, asegurando continuidad en políticas activas. Los beneficiarios son entidades públicas que dependen de estos fondos, mientras se retrasa la puesta en marcha de la nueva agencia, manteniendo el statu quo en la gestión de empleo estatal.

    en boe-BOE-A-2026-9879 · Trabajo otorga subvenciones directas para empleo 2026

  3. Disposición final segunda

    Incluye a la Liga Profesional de Fútbol Femenino como beneficiaria de recaudación de apuestas

    La modificación legal reconoce a la Liga Profesional de Fútbol Femenino como entidad beneficiaria de una parte de la recaudación del impuesto sobre apuestas deportivas. Esto significa que recibirá fondos directamente de este tributo, destinados a fomentar y desarrollar el fútbol femenino. El cambio equipara su tratamiento al de otras ligas profesionales, promoviendo la igualdad en el deporte. Los recursos se gestionarán a través del Consejo Superior de Deportes, con procedimientos de justificación claros, asegurando transparencia en el uso de estos ingresos.

    en boe-BOE-A-2026-9959 · Gobierno regula reparto de impuestos de apuestas deportivas