Crónica
La Dirección General de Trabajo publica la tabla salarial definitiva de remuneraciones mínimas sectoriales para 2025 y la tabla salarial base de 1 de enero de 2026 del IX Convenio colectivo general del sector de derivados del cemento. El incremento salarial para 2025 es del 4,75% y para 2026 es del 2,5% fijo más un 0,75% variable.
La Dirección General de Trabajo ha publicado la tabla salarial definitiva de remuneraciones mínimas sectoriales para 2025 y la tabla salarial base de 1 de enero de 2026 del IX Convenio colectivo general del sector de derivados del cemento. Esta publicación se produce después de que la Comisión Paritaria del convenio aprobara las tablas salariales en una reunión telemática celebrada el 16 de abril de 2026.
La tabla salarial para 2025 se ha fijado con un incremento del 4,75% sobre la tabla salarial base de 1 de enero de 2025, lo que supone un aumento en las remuneraciones mínimas sectoriales. Para 2026, el incremento es del 2,5% fijo más un 0,75% variable, lo que también supone un aumento en las remuneraciones mínimas sectoriales. Los detalles de las tablas salariales se adjuntan como anexos a la resolución.
Esta publicación es relevante para las empresas y trabajadores del sector de derivados del cemento, ya que establece las remuneraciones mínimas sectoriales para 2025 y 2026. La Dirección General de Trabajo ha ordenado la inscripción de la acta y de las tablas salariales en el Registro de convenios colectivos y ha dispuesto su publicación en el Boletín Oficial del Estado.
A quién afecta
- Empresas del sector de derivados del cemento
- Trabajadores del sector de derivados del cemento
Texto íntegro del BOE desplegar
Visto el texto del Acta de la Comisión Paritaria por la que se aprueba la tabla salarial definitiva de remuneraciones mínimas sectoriales para 2025 y la tabla salarial base de 1 de enero de 2026 del IX convenio colectivo general del sector de derivados del cemento (código de convenio n.º 99010355011996), que fue publicado en el «Boletín Oficial del Estado» de 9 de enero de 2026, acta que ha sido suscrita con fecha 16 de abril de 2026, de una parte por las organizaciones empresariales Asociación Nacional de la Industria del Prefabricado de Hormigón (ANDECE) y Asociación Nacional de Fabricantes de Hormigón Preparado (ANEFHOP), en representación de las empresas del sector, y de otra por las organizaciones sindicales UGT-FICA y CC.OO. del Hábitat, en representación de las personas trabajadoras afectadas, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, y en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios, acuerdos colectivos de trabajo y planes de igualdad, parrafo Esta Dirección General de Trabajo resuelve: parrafo Primero. articulo Ordenar la inscripción de la citada Acta y de las tablas salariales en el correspondiente Registro de convenios colectivos, acuerdos colectivos de trabajo y planes de igualdad con funcionamiento a través de medios electrónicos de este Centro Directivo, con notificación a la Comisión paritaria. parrafo Segundo. articulo Disponer su publicación en el «Boletín Oficial del Estado». parrafo Madrid, 28 de abril de 2026.–La Directora General de Trabajo, María Nieves González García. parrafo_2 ACTA DE REUNIÓN DE LA COMISIÓN PARITARIA DE INTERPRETACIÓN DEL IX CONVENIO COLECTIVO GENERAL DEL SECTOR DE DERIVADOS DEL CEMENTO anexo En fecha 16 de abril de 2026, a las 10h, se reúnen telemáticamente, previamente citados, los siguientes miembros de la Comisión Paritaria de Interpreta
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Redacción asistida por IA · revisión editorial humana · fuente: BOE/EUR-Lex
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