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BOE MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL · Resolución

Trabajo registra convenio modificado de Provivienda

La Dirección General de Trabajo registra y publica la modificación del Convenio Colectivo de Provivienda, que afecta a los trabajadores de la empresa. El acuerdo modifica el artículo 28 del convenio para corregir un error de redacción y evitar discriminación en la concesión de permisos.


Crónica

La Dirección General de Trabajo registra y publica la modificación del Convenio Colectivo de Provivienda, que afecta a los trabajadores de la empresa. El acuerdo modifica el artículo 28 del convenio para corregir un error de redacción y evitar discriminación en la concesión de permisos.

La empresa Provivienda ha modificado su Convenio Colectivo para corregir un error de redacción en el artículo 28, que se refiere a los permisos para los trabajadores. El acuerdo, firmado por la Dirección de la empresa y las organizaciones sindicales CC.OO. y UGT, se aprobó el 4 de marzo de 2026 y ha sido publicado en el Boletín Oficial del Estado.

La modificación del artículo 28 tiene como objetivo evitar discriminación en la concesión de permisos, ya que el texto original solo se refería a «las parejas». Ahora, el acuerdo establece que los permisos se concederán a todas las personas trabajadoras que cumplan con los requisitos establecidos.

La publicación de esta modificación en el Boletín Oficial del Estado es el resultado de un proceso de negociación entre la empresa y los sindicatos, que buscaba corregir el error de redacción y garantizar la igualdad de trato para todos los trabajadores. La Dirección General de Trabajo ha ordenado la inscripción del acuerdo en el Registro de Convenios Colectivos y su publicación en el Boletín Oficial del Estado.

A quién afecta

  • Trabajadores de Provivienda
Texto íntegro del BOE desplegar

Visto el texto del Acuerdo de modificación del Convenio Colectivo de la empresa Provivienda (código de convenio n.º 90011702011999), que fue publicado en el «Boletín Oficial del Estado» el 25 de julio de 2025, Acuerdo mediante el que se acuerda la modificación del artículo 28 del convenio, y que fue suscrito en fecha 4 de marzo de 2026, de una parte, por los designados por la Dirección de la empresa, en representación de esta, y de otra, por las organizaciones sindicales CC. OO. y UGT, en representación de las personas trabajadoras afectadas, cuyo texto ha sido finalmente subsanado en fecha 7 de abril de 2026, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, Texto refundido aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre (BOE de 24 de octubre), y en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios colectivos, acuerdos colectivos de trabajo y planes de igualdad, parrafo Esta Dirección General de Trabajo resuelve: parrafo Primero. articulo Ordenar la inscripción del acuerdo de modificación del mencionado convenio colectivo en el correspondiente Registro de convenios colectivos, acuerdos colectivos de trabajo y planes de igualdad con funcionamiento a través de medios electrónicos de este Centro Directivo, con notificación a la Comisión Negociadora. parrafo Segundo. articulo Disponer su publicación en el «Boletín Oficial del Estado». parrafo Madrid, 13 de abril de 2026.–La Directora General de Trabajo, María Nieves González García. parrafo_2 ACTA DE ACUERDO DE MODIFICACIÓN DEL TEXTO DEL CONVENIO COLECTIVO DE PROVIVIENDA anexo En Madrid, a 7 de abril de 2026, siendo las 12:00 horas, se reúnen de forma telemática las personas abajo firmantes en representación de la Entidad y de los Sindicatos con representación en la misma, con el siguiente Orden del Día: parrafo_2 1. Reapertura de la comisión negociadora del Convenio Colectivo de Provivienda. parrafo_2 2. Mod

Leer el texto completo en BOE →

Normativa anterior tocada

  • MODIFICA el art. 28 del Convenio publicado por Resolución de 10 de julio de 2025
  • MODIFICA el art. 90.2 y 3 del texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre
  • MODIFICA el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo

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Redacción asistida por IA · revisión editorial humana · fuente: BOE/EUR-Lex

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