Crónica
La Dirección General de Trabajo registra y publica el acuerdo de modificación parcial del Convenio colectivo de Relyens Mutual Insurance, sucursal en España, que afecta a sus trabajadores. El acuerdo modifica varios artículos y introduce tres anexos nuevos, con vigencia hasta el 31 de diciembre de 2030.
La Dirección General de Trabajo ha registrado y publicado el acuerdo de modificación parcial del Convenio colectivo de Relyens Mutual Insurance, sucursal en España. Este acuerdo, suscrito el 20 de mayo de 2026, modifica varios artículos del convenio colectivo y introduce tres anexos nuevos, relacionados con la movilidad sostenible, la igualdad y no discriminación de las personas LGTBI, y el protocolo de actuación frente a catástrofes y otros fenómenos meteorológicos adversos.
El acuerdo afecta a los trabajadores de Relyens Mutual Insurance en España y tiene vigencia hasta el 31 de diciembre de 2030. Los cambios introducidos en el convenio colectivo buscan mejorar las condiciones laborales y la calidad de vida de los trabajadores, y se enmarcan en la política de la empresa de fomentar la sostenibilidad y la igualdad en el lugar de trabajo.
La publicación de este acuerdo en el Boletín Oficial del Estado supone un paso importante en la regulación de las condiciones laborales en el sector de los seguros, y puede sentar un precedente para otras empresas del sector. Los trabajadores de Relyens Mutual Insurance en España se beneficiarán de los cambios introducidos en el convenio colectivo, que les ofrecen mejores condiciones laborales y una mayor protección en el lugar de trabajo.
En cuanto a los costes de compliance, es probable que la empresa deba invertir en la implementación de las medidas introducidas en el acuerdo, lo que puede suponer un desafío para la gestión de recursos humanos y la planificación estratégica. Sin embargo, el beneficio a largo plazo de una fuerza laboral más motivada y satisfecha puede superar los costes iniciales de implementación.
A quién afecta
- Trabajadores de Relyens Mutual Insurance
- Departamentos de Recursos Humanos de empresas de seguros
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Texto íntegro del BOE desplegar
Visto el acuerdo de modificación parcial del I Convenio colectivo de la empresa Relyens Mutual Insurance sucursal en España (Código de Convenio n.º 90104292012023), que fue publicado en BOE el 19 de junio de 2023, mediante el que se modifican varios artículos y se introducen tres anexos nuevos en el Convenio colectivo, y que fue suscrito con fecha 20 de mayo de 2026 por la Dirección de la empresa, en representación de la misma, y de otra por los Delegados de Personal, en representación de los trabajadores afectados, y ha sido subsanado en fecha 22 de junio de 2026, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, texto refundido aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre (BOE de 24 de octubre), y en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios colectivos, acuerdos colectivos de trabajo y planes de igualdad, parrafo Esta Dirección General de Trabajo resuelve: parrafo Primero. articulo Ordenar la inscripción del citado acuerdo de modificación parcial del mencionado I Convenio colectivo en el correspondiente Registro de convenios colectivos, acuerdos colectivos de trabajo y planes de igualdad con funcionamiento a través de medios electrónicos de este Centro Directivo, con notificación a la Comisión Negociadora. parrafo Segundo. articulo Disponer su publicación en el «Boletín Oficial del Estado». parrafo Madrid, 7 de julio de 2026.–La Directora General de Trabajo, María Nieves González García. parrafo_2 ACUERDO DE MODIFICACIÓN DEL I CONVENIO COLECTIVO DE RELYENS MUTUAL INSURANCE, SUCURSAL EN ESPAÑA anexo Madrid, 20 de mayo de 2026, la comisión negociadora del I Convenio Colectivo de Relyens Mutual Insurance, Sucursal en España (código de convenio n.º 90104292012023), publicado mediante Resolución de 6 de junio de 2023 de la Dirección General de Trabajo («Boletín Oficial del Estado» de 19 de junio de 2023), ha alcanzado el siguiente acuerdo de modifi
Normativa anterior tocada
- MODIFICA los arts. 4, 10, 11, 12 y AÑADE los anexos I, II y III al Convenio publicado por Resolución de 6 de junio de 2023
- MODIFICA el art. 90.2 y 3 del texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre
- MODIFICA el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo
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Redacción asistida por IA · revisión editorial humana · fuente: BOE/EUR-Lex
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