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a large building with a clock on the front of it · Nicol Castillo · Unsplash

BOE MINISTERIO DE HACIENDA · Resolución

Hacienda nombra a Nieto Roy

La Subsecretaría de Hacienda nombra a M. Yolanda Nieto Roy como Jefa de Servicio en la Delegación Especial de Economía y Hacienda en Barcelona, tras estimar un recurso contencioso-administrativo. La resolución modifica la de 12 de enero de 2023, que resolvió el concurso específico para la provisión de puestos de trabajo en el Ministerio de Hacienda.


Crónica

La Subsecretaría de Hacienda nombra a M. Yolanda Nieto Roy como Jefa de Servicio en la Delegación Especial de Economía y Hacienda en Barcelona, tras estimar un recurso contencioso-administrativo. La resolución modifica la de 12 de enero de 2023, que resolvió el concurso específico para la provisión de puestos de trabajo en el Ministerio de Hacienda.

La Subsecretaría de Hacienda ha publicado una resolución que modifica la de 12 de enero de 2023, por la que se resolvió el concurso específico para la provisión de puestos de trabajo en el Ministerio de Hacienda. La modificación se debe a la estimación de un recurso contencioso-administrativo interpuesto por M. Yolanda Nieto Roy, quien ha sido nombrada como Jefa de Servicio en la Delegación Especial de Economía y Hacienda en Barcelona.

El concurso específico se convocó en junio de 2022 y se resolvió en enero de 2023, pero la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña anuló la resolución original y reconoció el derecho de Nieto Roy a ser adjudicataria del puesto. La Subsecretaría de Hacienda ha procedido a ejecutar la sentencia, adjudicando el puesto a Nieto Roy y reconociendo los efectos administrativos y económicos inherentes.

La resolución también establece que el plazo de toma de posesión del nuevo destino adjudicado será el establecido en la base décima de la Resolución de la Subsecretaría de 21 de junio de 2022. Además, se reconoce a la interesada los efectos administrativos y económicos inherentes y se procederá a la regularización retributiva y abono de diferencias económicas.

El coste de esta resolución recae sobre la Administración Pública, que deberá asumir los gastos de la regularización retributiva y el abono de diferencias económicas. No obstante, la resolución no tiene un impacto significativo en el sector privado, por lo que no se prevén consecuencias negativas para las empresas.

A quién afecta

  • Funcionarios públicos
  • Ministerio de Hacienda
Texto íntegro del BOE desplegar

En virtud de Resolución de la Subsecretaría de 21 de junio de 2022 (BOE de 27 de junio), se convocó concurso específico para la provisión de puestos de trabajo en el Ministerio de Hacienda. parrafo Por Resolución de 12 de enero de 2023 (BOE de 18 de enero), se resolvió el citado concurso, adjudicándose los puestos ofertados en la convocatoria. parrafo El puesto de trabajo convocado con número de orden 261, código 2852790, Jefe/Jefa de Servicio, nivel 26, en la Secretaría General de la Delegación Especial de Economía y Hacienda en Barcelona, resultó declarado desierto. parrafo Contra la citada resolución, doña M. Yolanda Nieto Roy interpone recurso contencioso-administrativo, el cual es estimado por sentencia número 339/2026, dictada con fecha de 7 de febrero de 2026 (decreto de firmeza de 1 de abril de 2026), de la Sección Cuarta de la Sala Contenciosa-Administrativa del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña. La citada sentencia anula las resoluciones antes señaladas y reconoce a la recurrente el derecho a que se le atribuya una puntuación concreta en méritos específicos y, en consecuencia, su derecho a la adjudicación del puesto con los efectos económicos correspondientes. parrafo La ejecución del fallo debe realizarse de conformidad con los pronunciamientos de la sentencia, sin que en ejecución sea posible alterar el contenido no afectado por el fallo, tanto por la prohibición de imponer un contenido discrecional distinto del acto anulado (artículo 71.2 de la Ley 29/1998), como por el régimen de efectos de las sentencias, que limita el restablecimiento a las partes y aconseja evitar afectaciones a terceros no concernidos cuando no resulten imprescindibles para el cumplimiento del fallo. En consecuencia, se articula la ejecución mediante la emisión de un nuevo acto administrativo sustitutivo, ceñido estrictamente al puesto objeto del proceso, manteniendo inalteradas las restantes adjudicaciones y resultados del concurso específico que no guarden relación direct

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Redacción asistida por IA · revisión editorial humana · fuente: BOE/EUR-Lex

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