Crónica
El Ministerio de Defensa nombra como personal estatutario fijo a varios funcionarios y laborales de hospitales y centros de defensa. La integración tendrá efectividad desde el 20 de mayo de 2026.
El Ministerio de Defensa ha publicado la relación definitiva de personas admitidas en el procedimiento de integración en la condición de personal estatutario del personal funcionario y laboral de varios hospitales y centros de defensa.
La integración se produce en cumplimiento del Real Decreto 931/2025, que establece el procedimiento de integración en la condición de personal estatutario del personal de la Red Sanitaria Militar.
Los nombramientos afectan a personal de los hospitales Central de la Defensa en Madrid y General de la Defensa en Zaragoza, así como del Centro de Transfusión de las Fuerzas Armadas, del Instituto de Medicina Preventiva de la Defensa y del Instituto de Toxicología de la Defensa.
La toma de posesión se realizará conforme al artículo 8 del Real Decreto 931/2025.
El coste de esta integración recae sobre los propios centros, que deberán adaptar sus estructuras para acoger al nuevo personal estatutario.
A quién afecta
- Personal funcionario y laboral de hospitales y centros de defensa
- Hospitales Central de la Defensa en Madrid y General de la Defensa en Zaragoza
Texto íntegro del BOE desplegar
En cumplimiento de lo dispuesto en el Real Decreto 931/2025, de 21 de octubre («Boletín Oficial del Estado» de 22 de octubre), por el que se establece el procedimiento de integración en la condición de personal estatutario del personal de la Red Sanitaria Militar, por Resolución 400/38500/2025, de 20 de noviembre («Boletín Oficial del Estado» de 1 de diciembre), se convocó el procedimiento de integración en la condición de personal estatutario del personal funcionario y laboral del Hospital Central de la Defensa en Madrid, del Hospital General de la Defensa en Zaragoza, del Centro de Transfusión de las Fuerzas Armadas, del Instituto de Medicina Preventiva de la Defensa y del Instituto de Toxicología de la Defensa. parrafo Concluida la instrucción del procedimiento previsto en la convocatoria, de conformidad con su base quinta y con el artículo 6 del Real Decreto 931/2025, de 21 de octubre, y a propuesta del Director General de Personal, dispongo: parrafo Primero. articulo Nombrar como personal estatutario fijo, en la categoría estatutaria de referencia indicada, al personal funcionario y laboral que figura en el anexo I de la presente resolución y que ha sido admitido en el procedimiento de integración, manteniendo su situación administrativa y su adscripción al centro de origen. parrafo La integración tendrá efectividad desde el día 20 de mayo de 2026. parrafo Segundo. articulo La toma de posesión se realizará conforme al artículo 8 del Real Decreto 931/2025, de 21 de octubre, y la base séptima de la convocatoria. parrafo Tercero. articulo La integración en la condición de personal estatutario producirá los efectos previstos en el Real Decreto 931/2025, de 21 de octubre, en la convocatoria y en el resto del ordenamiento jurídico. parrafo Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse potestativamente recurso de reposición en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a su publicación ante esta Subsecretaría o bien recurso c
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Redacción asistida por IA · revisión editorial humana · fuente: BOE/EUR-Lex
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