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Ilustración generada por IA — La Vigencia

BOE MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL · Resolución

Game Stores Iberia

La Dirección General de Trabajo registra y publica el III Convenio colectivo de Game Stores Iberia, SLU, que afecta a los trabajadores de la empresa en todo el territorio español. El convenio tendrá vigencia desde el 1 de enero de 2026 hasta el 31 de diciembre de 2028.


Crónica

La Dirección General de Trabajo registra y publica el III Convenio colectivo de Game Stores Iberia, SLU, que afecta a los trabajadores de la empresa en todo el territorio español. El convenio tendrá vigencia desde el 1 de enero de 2026 hasta el 31 de diciembre de 2028.

El III Convenio colectivo de Game Stores Iberia, SLU, es el resultado de la negociación entre la parte social y la empresa, y establece las normas básicas que regulan las condiciones de trabajo de la empresa. La empresa se dedica a la comercialización de material audiovisual, producción de contenidos audiovisuales, prestación de servicios y diseño de propiedad industrial e intelectual. El convenio se aplica a todos los centros de trabajo de la empresa en todo el territorio español y tendrá vigencia durante tres años.

El convenio colectivo es un acuerdo importante para los trabajadores de la empresa, ya que establece sus condiciones laborales y derechos. La Dirección General de Trabajo ha registrado y publicado el convenio, lo que garantiza su aplicación y cumplimiento.

La vigencia del convenio es de tres años, lo que proporciona estabilidad y seguridad a los trabajadores. El convenio también establece las condiciones para su prórroga y denuncia, lo que permite a las partes negociar y acordar cambios si es necesario.

En cuanto al impacto, el convenio colectivo beneficiará a los trabajadores de Game Stores Iberia, SLU, al establecer sus condiciones laborales y derechos. Sin embargo, también puede tener un impacto en la empresa, ya que deberá cumplir con las condiciones establecidas en el convenio.

A quién afecta

  • Trabajadores de Game Stores Iberia, SLU
  • Comité intercentros
Texto íntegro del BOE desplegar

Visto el texto del III Convenio colectivo de Game Stores Iberia, SLU (código de Convenio n.º 90102522012016) que fue suscrito, con fecha 23 de marzo de 2026, de una parte por los designados por la Dirección de la empresa, en representación de la misma y, de otra, por el Comité intercentros, en representación de las personas trabajadoras afectadas, y que ha sido finalmente subsanado mediante Acta de fecha 12 de mayo de 2026, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, texto refundido aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre (BOE de 24 de octubre), y en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios colectivos, acuerdos colectivos de trabajo y planes de igualdad, parrafo Esta Dirección General de Trabajo resuelve: parrafo Primero. articulo Ordenar la inscripción del mencionado Convenio colectivo en el correspondiente Registro de convenios colectivos, acuerdos colectivos de trabajo y planes de igualdad con funcionamiento a través de medios electrónicos de este Centro Directivo, con notificación a la Comisión Negociadora. parrafo Segundo. articulo Disponer su publicación en el «Boletín Oficial del Estado». parrafo Madrid, 26 de mayo de 2026.–La Directora General de Trabajo, María Nieves González García. parrafo_2 III CONVENIO COLECTIVO DE LA EMPRESA GAME STORES IBERIA, SLU anexo CAPÍTULO I capitulo_num Disposiciones generales capitulo_tit Artículo 1. Determinación de las partes. articulo La parte social está representada por el comité intercentros. El convenio es el resultado de la negociación desarrollada entre la parte social y la Empresa de conformidad con lo establecido en el Título III del Estatuto de los Trabajadores. parrafo Artículo 2. Ámbito funcional. articulo El convenio colectivo establece las normas básicas que regulan las condiciones de trabajo de la Empresa Game Stores Iberia, SLU (en adelante «la Empresa» o Game Stores), cuya ac

Leer el texto completo en BOE →

Normativa anterior tocada

  • MODIFICA el art. 90.2 y 3 del texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre
  • MODIFICA el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo
  • MODIFICA el Convenio publicado por Resolución de 3 de noviembre de 2023

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Redacción asistida por IA · revisión editorial humana · fuente: BOE/EUR-Lex

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