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BOE MINISTERIO PARA LA TRANSFORMACIÓN DIGITAL Y DE LA FUNCIÓN PÚBLICA · Resolución

Función Pública modifica Acuerdo

La Secretaría de Estado de Función Pública aprueba la modificación del Acuerdo de 18 de junio de 2025 sobre ordenación de la negociación colectiva y asignación de recursos sindicales en la Administración General del Estado, tras surgir dudas interpretativas y la incorporación del sindicato LAB. La modificación tiene efectos a partir del 28 de febrero de 2026.


Crónica

La Secretaría de Estado de Función Pública aprueba la modificación del Acuerdo de 18 de junio de 2025 sobre ordenación de la negociación colectiva y asignación de recursos sindicales en la Administración General del Estado, tras surgir dudas interpretativas y la incorporación del sindicato LAB. La modificación tiene efectos a partir del 28 de febrero de 2026.

La Administración General del Estado ha modificado el Acuerdo de 18 de junio de 2025 sobre ordenación de la negociación colectiva y asignación de recursos sindicales para la negociación en la Administración General del Estado. Esta modificación surge tras la entrada en vigor del citado acuerdo, que generó una serie de dudas interpretativas que se ha considerado necesario aclarar.

La incorporación del sindicato Langile Abertzaleen Batzordeak (LAB) a la Mesa General de Negociación de la Administración General del Estado, con efectos a partir del 28 de febrero de 2026, ha sido otro de los motivos que han llevado a esta modificación. La Directora General de la Función Pública dictó resolución por la que se estimó la solicitud formulada por el sindicato LAB, reconociéndole legitimación para participar en la Mesa General de Negociación de la Administración General del Estado.

La modificación del Acuerdo de 18 de junio de 2025 tiene como objetivo determinar la estructura de los ámbitos de negociación colectiva en la Administración General del Estado, de acuerdo con lo establecido en el artículo 33 del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público. Además, establece los recursos y garantías de las organizaciones sindicales con capacidad de negociación en el ámbito del presente acuerdo.

El coste de esta modificación recae sobre los departamentos de recursos humanos de la Administración General del Estado, que deberán adaptar sus procedimientos de negociación colectiva a la nueva regulación. Por otro lado, las organizaciones sindicales con capacidad de negociación en el ámbito del presente acuerdo verán reconocidos sus derechos y garantías, lo que puede fortalecer su posición en la negociación colectiva.

A quién afecta

  • Administración General del Estado
  • Organizaciones sindicales
Texto íntegro del BOE desplegar

El 18 de junio de 2025 se aprobó en la Mesa General de Negociación de la Administración General del Estado del artículo 36.3 del TREBEP el Acuerdo sobre ordenación de la negociación colectiva y asignación de recursos sindicales para la negociación en la Administración General del Estado. parrafo El 22 de abril de 2026 dicha Mesa General acordó la modificación del Acuerdo de 18 de junio de 2025 sobre ordenación de la negociación colectiva y asignación de recursos sindicales para la negociación en la Administración General del Estado. parrafo La Secretaría de Estado de Función Pública, de conformidad con lo previsto en el Real Decreto 210/2024, de 27 de febrero, por el que se establece la estructura orgánica básica del Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública, resuelve aprobar y publicar el Acuerdo de 22 de abril de 2026 de la Mesa General de Negociación de la Administración General del Estado por el que se modifica el Acuerdo de 18 de junio de 2025 de ordenación de la negociación colectiva y asignación de recursos sindicales para la negociación en la Administración General del Estado, cuyo texto se adjunta como anexo a esta resolución. parrafo Madrid, 19 de mayo de 2026.–La Secretaria de Estado de Función Pública, Consuelo Sánchez Naranjo. parrafo_2 ANEXO anexo_num Acuerdo de 22 de abril de 2026 de la Mesa General de Negociación de la Administración General Del Estado por el que se modifica el Acuerdo de 18 de junio de 2025 sobre ordenación de la negociación colectiva y asignación de recursos sindicales para la negociación en la Administración General del Estado anexo_tit El 18 de junio de 2025 se aprobó en la Mesa General de Negociación de la Administración General del Estado del artículo 36.3 del TREBEP (en adelante, MGNAGE) el Acuerdo sobre ordenación de la negociación colectiva y asignación de recursos sindicales para la negociación en la Administración General del Estado. parrafo_2 Tras la entrada en vigor del citado acuerdo, surgieron u

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Redacción asistida por IA · revisión editorial humana · fuente: BOE/EUR-Lex

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