Crónica
El Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones regula la jubilación flexible para incentivar la permanencia en el mercado laboral. La norma modifica el régimen de jubilación demorada y busca mejorar la compatibilidad de la pensión de jubilación con el trabajo.
La jubilación flexible, introducida para fomentar la permanencia de las personas trabajadoras en activo, no ha logrado los resultados esperados debido a sus características desincentivadoras. El Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones ha aprobado un real decreto que implementa mejoras en su regulación para impulsar su uso y hacerla más atractiva para los trabajadores.
El real decreto modifica el régimen de jubilación demorada y busca mejorar la compatibilidad de la pensión de jubilación con el trabajo. La norma es respetuosa con la regulación de las demás fórmulas de flexibilización del régimen de incompatibilidad de la pensión de jubilación con el trabajo, como la jubilación activa y la jubilación parcial.
La medida busca incentivar a los trabajadores a permanecer en el mercado laboral y promover el envejecimiento activo. El coste de implementación de esta norma recaerá sobre los empleadores y los trabajadores, que deberán adaptarse a los nuevos requisitos y procedimientos.
La norma es un paso adelante en la regulación de la jubilación flexible y busca mejorar la situación de los trabajadores que desean permanecer en el mercado laboral después de alcanzar la edad de jubilación. Sin embargo, su efectividad dependerá de la implementación y el seguimiento por parte de las autoridades competentes.
Análisis
La regulación de la jubilación flexible es un paso importante hacia la flexibilización del mercado laboral y la promoción del envejecimiento activo. La medida puede tener un impacto positivo en la economía, ya que puede reducir la presión sobre el sistema de pensiones y aumentar la participación laboral de los trabajadores mayores. Sin embargo, es importante destacar que la efectividad de la norma dependerá de la implementación y el seguimiento por parte de las autoridades competentes.
A quién afecta
- Trabajadores mayores
- Empleadores
- Sistema de pensiones
Texto íntegro del BOE desplegar
I centro_redonda o-le no_partir El Real Decrety 11/2024, de 23 de diciembre, para la mejora de la compatibilidad de la pensión de jubilación con el trabajo, llevó a cabo una nueva reforma del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por el Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, en el marco del Pacto de Toledo, concretamente de su recomendación 12 sobre edad de jubilación, que recomienda fomentar la permanencia de las personas trabajadoras en activo a través de la adaptación y mejora de los incentivos sociales, fiscales y laborales existentes, profundizando en la prolongación voluntaria de la vida laboral más allá de la edad ordinaria de jubilación, siempre que dicha prolongación no esté motivada por una pensión insuficiente. parrafo_2 Asimismo, el Acuerdo de la Mesa de Diálogo Social de Seguridad Social y Pensiones, de 31 de julio de 2024, ratificado el 18 de septiembre por los agentes sociales y el Gobierno, a propósito de la referida recomendación, incluye un mandato para que el Gobierno, en el plazo de seis meses, revise la regulación de la jubilación flexible contenida en el Real Decreto 1132/2002, de 31 de octubre, de desarrollo de determinados preceptos de la Ley 35/2002, de 12 de julio, de medidas para el establecimiento de un sistema de jubilación gradual y flexible, con el fin de incentivar el acceso a esta modalidad de jubilación de las personas trabajadoras asalariadas, mejorando el porcentaje de pensión a percibir. parrafo ecreto-ley no_partir creto-ley no_partir A tal efecto, la disposición adicional segunda del referido Real D11/2024, de 23 de diciembre, ordena al Gobierno que analice los requisitos establecidos en el Real Decreto 1132/2002, de 31 de octubre, con ese objetivo de incentivar esa modalidad de jubilación. En línea con este mandato, el mismo real demodifica el artículo 213.1 del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, para limitar la previsión legal al establecer la posibilidad de que
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Redacción asistida por IA · revisión editorial humana · fuente: BOE/EUR-Lex
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