Crónica
El Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación homologa el contrato-tipo de compraventa de pomelos para comercialización en fresco, que regirá durante las campañas 2026/2027, 2027/2028 y 2028/2029, tras la solicitud de la Asociación Interprofesional de Limón y Pomelo. La homologación tendrá vigencia desde el 1 de septiembre de 2026 al 31 de agosto de 2029.
La homologación del contrato-tipo de compraventa de pomelos para comercialización en fresco es un paso importante para la industria agrícola, ya que proporciona una base común para las transacciones entre productores y compradores. El contrato, que regirá durante las campañas 2026/2027, 2027/2028 y 2028/2029, establece las condiciones y términos para la compraventa de pomelos, lo que ayudará a reducir los riesgos y a aumentar la transparencia en el mercado.
La Asociación Interprofesional de Limón y Pomelo, AILIMPO, solicitó la homologación del contrato-tipo, que fue aprobada por el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación tras cumplir con los requisitos previstos en la Ley 2/2000 y el Real Decreto 686/2000.
El período de vigencia de la homologación del contrato-tipo será desde el 1 de septiembre de 2026 al 31 de agosto de 2029, lo que permitirá a los productores y compradores planificar sus transacciones con anticipación.
En cuanto a las implicaciones, la homologación del contrato-tipo de compraventa de pomelos puede tener un impacto positivo en la industria agrícola, ya que puede ayudar a aumentar la confianza y la transparencia en el mercado, lo que a su vez puede beneficiar a los productores y compradores. Además, la homologación puede sentar un precedente para la industria, ya que puede ser un modelo para otros contratos-tipo en el sector agrícola.
A quién afecta
- Productores de pomelos
- Compradores de pomelos
- Asociación Interprofesional de Limón y Pomelo
Texto íntegro del BOE desplegar
Vista la solicitud de homologación del contrato-tipo de compraventa de pomelos para comercialización en fresco, formulada por la Asociación Interprofesional de Limón y Pomelo, AILIMPO, cumpliéndose los requisitos previstos en la Ley 2/2000, de 7 de enero, reguladora de los contratos tipo de productos agroalimentarios y en el Real Decreto 686/2000, de 12 de mayo, por el que se aprueba su Reglamento y de conformidad con la propuesta elevada por la Dirección General de Alimentación, dispongo: parrafo Primero. articulo Se homologa, según el régimen establecido en la Ley 2/2000, de 7 de enero, reguladora de los contratos tipo de productos agroalimentarios y en el Real Decreto 686/2000, de 12 de mayo, por el que se aprueba su Reglamento, el contrato-tipo de compraventa de pomelos para comercialización en fresco que regirá durante las campañas 2026/2027, 2027/2028 y 2028/2029, cuyo texto figura en el anexo de esta orden. parrafo Segundo. articulo El período de vigencia de la homologación del presente contrato-tipo será el correspondiente a las campañas 2026/2027, 2027/2028 y 2028/2029, desde el 1 de septiembre de 2026 al 31 de agosto de 2029. parrafo Madrid, 8 de mayo de 2026.–El Ministro de Agricultura, Pesca y Alimentación, Luis Planas Puchades. parrafo_2 ANEXO anexo_num Contrato de compraventa de pomelos con destino a su comercialización en fresco anexo_tit frame 08331_Revisado.pdf /datos/imagenes/disp/2026/130/11563_17035813_1.png 2126 2735 imagen frame 08331_Revisado.pdf /datos/imagenes/disp/2026/130/11563_17035813_2.png 2083 2776 imagen frame 08331_Revisado.pdf /datos/imagenes/disp/2026/130/11563_17035813_3.png 2083 2776 imagen frame 08331_Revisado.pdf /datos/imagenes/disp/2026/130/11563_17035813_4.png 2083 2776 imagen frame 08331_Revisado.pdf /datos/imagenes/disp/2026/130/11563_17035813_5.png 2083 2776 imagen frame 08331_Revisado.pdf /datos/imagenes/disp/2026/130/11563_17035813_6.png 2083 2776 imagen frame 08331_Revisado.pdf /datos/imagenes/disp/2026/130/11563_17035
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Redacción asistida por IA · revisión editorial humana · fuente: BOE/EUR-Lex
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