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BOE MINISTERIO DE EDUCACIÓN, FORMACIÓN PROFESIONAL Y DEPORTES · Resolución

Deportes reconoce formación

El Consejo Superior de Deportes otorga el reconocimiento a la formación deportiva de Monitor Nacional de Atletismo/Entrenador Territorial de nivel I, autorizada por la Comunidad de Madrid y impartida por la Federación de Atletismo de Madrid, para que surta efectos académicos. La resolución se basa en la Orden ECD/158/2014, de 5 de febrero, que regula los aspectos curriculares y los efectos de las actividades de formación deportiva.


Crónica

El Consejo Superior de Deportes otorga el reconocimiento a la formación deportiva de Monitor Nacional de Atletismo/Entrenador Territorial de nivel I, autorizada por la Comunidad de Madrid y impartida por la Federación de Atletismo de Madrid, para que surta efectos académicos. La resolución se basa en la Orden ECD/158/2014, de 5 de febrero, que regula los aspectos curriculares y los efectos de las actividades de formación deportiva.

La formación deportiva de Monitor Nacional de Atletismo/Entrenador Territorial de nivel I, impartida por la Federación de Atletismo de Madrid, ha sido reconocida por el Consejo Superior de Deportes. Esta resolución permite que los certificados y diplomas expedidos a los participantes en esta formación tengan efectos académicos. La Comunidad de Madrid había autorizado esta formación en 2005, y ahora el Consejo Superior de Deportes ha otorgado el reconocimiento necesario para que sea equiparable a las enseñanzas deportivas de régimen especial.

La Orden ECD/158/2014, de 5 de febrero, regula los aspectos curriculares y los efectos de las actividades de formación deportiva, y establece el procedimiento para el reconocimiento de estas formaciones. En este caso, la Dirección General de Deportes de la Comunidad de Madrid había solicitado el reconocimiento de la formación deportiva en atletismo, y el Consejo Superior de Deportes ha resuelto otorgar el reconocimiento.

Este reconocimiento es importante para los participantes en la formación, ya que les permite obtener certificados y diplomas que son reconocidos a nivel nacional. Además, la resolución del Consejo Superior de Deportes sienta un precedente para el reconocimiento de otras formaciones deportivas en la Comunidad de Madrid.

En cuanto a los beneficiarios de esta resolución, se puede destacar que los participantes en la formación deportiva de Monitor Nacional de Atletismo/Entrenador Territorial de nivel I podrán obtener certificados y diplomas que les permitirán acceder a puestos de trabajo en el sector deportivo. Por otro lado, la Federación de Atletismo de Madrid y la Comunidad de Madrid también se benefician de esta resolución, ya que pueden ofrecer formaciones deportivas que son reconocidas a nivel nacional.

A quién afecta

  • Federación de Atletismo de Madrid
  • Comunidad de Madrid
  • Participantes en la formación deportiva
Texto íntegro del BOE desplegar

El 8 de noviembre de 2007, el «Boletín Oficial del Estado», publicó el Real Decreto 1363/2007, de 24 de octubre, por el que se establece la ordenación general de las enseñanzas deportivas de régimen especial. parrafo La disposición transitoria primera y tercera del mencionado Real Decreto 1363/2007, de 24 de octubre, prevé que hasta el momento en que se produzca la implantación efectiva de las enseñanzas en la correspondiente modalidad o especialidad deportiva, las formaciones de entrenadores que lleven a cabo las federaciones deportivas y los órganos competentes de las comunidades autónomas en la misma modalidad o especialidad, pueden obtener, además del efecto federativo, el efecto académico de correspondencia formativa con las enseñanzas deportivas de régimen especial. parrafo Durante el periodo comprendido entre el 12 de noviembre de 2005 y el 29 de enero de 2006 la Comunidad Autónoma de Madrid autorizó mediante Orden 2095/2005/00 de 14 de octubre de 2005 la formación de Monitor Nacional de Atletismo/Entrenador Territorial de nivel I, de acuerdo con lo establecido en la Orden ECD/3310/2002, de 16 de diciembre, por el que se regula los aspectos curriculares, los requisitos generales y los efectos que se refiere la disposición transitoria primera del Real Decreto 1913/1997, de 19 de diciembre. parrafo En la actualidad la Orden ECD/3310/2002, de 16 de diciembre ha sido sustituida por la Orden ECD/158/2014, de 5 de febrero, por la que se regulan los aspectos curriculares, los requisitos generales y los efectos de las actividades de formación deportiva a los que se refiere la disposición transitoria primera del Real Decreto 1363/2007, de 24 de octubre. Dicha orden, establece en su artículo 36 el reconocimiento de las actividades de formación deportiva realizadas conforme a las Órdenes ECD/3310/2002, de 16 de diciembre, y EDU/3186/2010, de 7 de diciembre, por las que se regulan los aspectos curriculares, los requisitos generales y los efectos de las actividades de for

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