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BOE MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES, UNIÓN EUROPEA Y COOPERACIÓN · Resolución

AECID revoca calificación a ONGD

La Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo revoca la calificación de Organización no Gubernamental de Desarrollo Calificada a la Fundación Cultural 1.º de Mayo por incumplimiento de requisitos de actividad y montos en cooperación internacional. La entidad había sido suspendida temporalmente en 2022 y no corrigió los incumplimientos en el plazo de tres años.


Crónica

La Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo revoca la calificación de Organización no Gubernamental de Desarrollo Calificada a la Fundación Cultural 1.º de Mayo por incumplimiento de requisitos de actividad y montos en cooperación internacional. La entidad había sido suspendida temporalmente en 2022 y no corrigió los incumplimientos en el plazo de tres años.

La Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo (AECID) ha revocado la calificación de Organización no Gubernamental de Desarrollo Calificada (ONGD) a la Fundación Cultural 1.º de Mayo. La decisión se debe al incumplimiento de los requisitos de actividad y montos en cooperación internacional para el desarrollo sostenible y la solidaridad global. La entidad había obtenido la acreditación como ONGD calificada ordinaria en 2017, pero fue suspendida temporalmente en 2022 por no cumplir con los requisitos de mantenimiento de la calificación. A pesar de tener un plazo de tres años para corregir los incumplimientos, la entidad no lo hizo, lo que llevó a la AECID a iniciar el procedimiento de revocación. La Fundación Cultural 1.º de Mayo presentó alegaciones durante el trámite de audiencia, pero no fueron suficientes para evitar la revocación de su calificación. Esta decisión puede tener implicaciones para la entidad y para el sector de la cooperación internacional en España. La AECID tiene como objetivo garantizar que las ONGD calificadas cumplan con los requisitos y criterios establecidos para asegurar la eficacia y la transparencia en la cooperación internacional. La revocación de la calificación de la Fundación Cultural 1.º de Mayo es un ejemplo de la aplicación de estos criterios y de la importancia de la supervisión y el control en el sector. En cuanto a las implicaciones, la pérdida de la calificación puede afectar la capacidad de la entidad para acceder a fondos y recursos para proyectos de cooperación internacional. Además, puede tener un impacto en la reputación de la entidad y en su capacidad para trabajar con otras organizaciones y actores en el sector. Por último, la decisión de la AECID puede sentar un precedente para otras ONGD que no cumplan con los requisitos y criterios establecidos, lo que puede llevar a una mayor supervisión y control en el sector.

Análisis

La revocación de la calificación de la Fundación Cultural 1.º de Mayo como ONGD calificada por la AECID señala la importancia de la supervisión y el control en el sector de la cooperación internacional. Esta decisión puede tener implicaciones para la entidad y para el sector en general, y puede sentar un precedente para otras ONGD que no cumplan con los requisitos y criterios establecidos. Es importante destacar que la AECID tiene como objetivo garantizar la eficacia y la transparencia en la cooperación internacional, y que la revocación de la calificación es un ejemplo de la aplicación de estos criterios. Por lo tanto, es fundamental que las ONGD cumplan con los requisitos y criterios establecidos para mantener su calificación y acceder a fondos y recursos para proyectos de cooperación internacional.

A quién afecta

  • ONGD
  • Entidades de cooperación internacional
Texto íntegro del BOE desplegar

Datos identificativos de la Entidad solicitante: parrafo_2 Nombre de la Entidad: Fundación Cultural 1.º de Mayo, CIF: G78879871, Dirección: calle Longares, número 6, 28022, Madrid; Código SIA: 997781. parrafo_2 Antecedentes de Hecho centro_negrita Primero. articulo La Fundación Paz y Solidaridad obtuvo la acreditación como ONGD especializada en 2007. Tras su fusión con la entidad Fundación Cultural 1.º de Mayo en 2014, la entidad resultante obtuvo la acreditación como ONGD calificada ordinaria el 22 de mayo de 2017, conforme a la Resolución de 17 de septiembre de 2013 de la Presidencia de la AECID, por la que se establece el procedimiento para la obtención, revisión y revocación de la calificación de las organizaciones no gubernamentales de desarrollo. parrafo Segundo. articulo Con fecha 20 de abril de 2022, la entidad fue suspendida temporalmente por un periodo máximo de tres años debido al incumplimiento de los requisitos de mantenimiento de la calificación relativos al número de intervenciones y los montos de gestión. Asimismo, la entidad no había comunicado a la AECID el proceso de fusión con otras entidades, lo que implicaba una reevaluación de la nueva entidad. parrafo Tercero. articulo Tras un informe de revisión de la condición de calificada de 14 de enero de 2025, se constató que las condiciones que motivaron la suspensión no habían sido corregidas. parrafo Cuarto. articulo El 30 de enero de 2025 se recibieron alegaciones al informe de revisión por parte de la entidad, las cuales fueron estudiadas por la Subdirección de ONGD y Sociedad Civil. Posteriormente, se inició formalmente el procedimiento de revocación. parrafo Quinto. articulo El inicio del procedimiento de revocación se fundamentó en el incumplimiento de los criterios objetivos de actividad y montos en las intervenciones de cooperación internacional para el desarrollo sostenible y la solidaridad global, tanto específicos con la AECID como generales, de acuerdo con la Resolución de 17 de septiembre

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Redacción asistida por IA · revisión editorial humana · fuente: BOE/EUR-Lex

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