Crónica
El Abogado General del Estado y el Presidente de ADIF-Alta Velocidad firman un convenio de asistencia jurídica para prestar asesoramiento y defensa jurídica a la entidad pública. El convenio tiene como objetivo lograr una mayor efectividad y coordinación en la asistencia jurídica.
El Abogado General del Estado y el Presidente de ADIF-Alta Velocidad han firmado un convenio de asistencia jurídica que permitirá a la Abogacía General del Estado prestar asesoramiento jurídico y defensa a la entidad pública.
El convenio tiene como objetivo lograr una mayor efectividad y coordinación en la asistencia jurídica, y se enmarca en la Ley 52/1997, de 27 de noviembre, de Asistencia Jurídica al Estado e Instituciones Públicas.
La asistencia jurídica comprenderá tanto el asesoramiento jurídico como la representación y defensa ante cualesquiera jurisdicciones y órdenes jurisdiccionales. ADIF-Alta Velocidad colaborará con los Abogados del Estado para la mejor defensa de los intereses en litigio.
Este convenio supone un paso adelante en la colaboración entre la Administración General del Estado y las entidades públicas, y permitirá una mayor eficiencia en la gestión de los asuntos jurídicos.
A quién afecta
- ADIF-Alta Velocidad
- Abogacía General del Estado
Texto íntegro del BOE desplegar
El Abogado General del Estado y el Presidente de la Entidad Pública Empresarial ADIF-Alta Velocidad han suscrito, con fecha de 4 de junio de 2026, un convenio de asistencia jurídica. parrafo Para general conocimiento, y en cumplimiento de lo establecido en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, dispongo la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» del referido convenio como anejo a la presente resolución. parrafo Madrid, 23 de junio de 2026.–El Subsecretario de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, Alberto Herrera Rodríguez. parrafo_2 ANEJO anexo_num Convenio de asistencia jurídica entre la Administración General del Estado (Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, Abogacía General del Estado) y la Entidad Pública Empresarial Adif-Alta Velocidad anexo_tit REUNIDOS centro_redonda De una parte, don David Segundo Vilas Álvarez, en su condición de Abogado General del Estado, cargo para el que fue nombrado por Real Decreto 578/2024, de 18 de junio (BOE n.º 148, de 19 de junio de 2024), quien actúa en virtud de la delegación conferida a su favor por el Ministro de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes en el artículo 8.d) de la Orden PJC/1062/2024, de 3 de octubre, sobre delegación de competencias y fijación de límites para la administración de determinados créditos para gastos. parrafo_2 De otra parte, don Luis Pedro Marco de la Peña, actuando en nombre y representación de la Entidad Pública Empresarial ADIF-Alta Velocidad, con domicilio social en calle Sor Ángela de la Cruz 3, 1.ª planta, 28020 Madrid y NIF Q2802152E, en su condición de Presidente, cargo para el que fue nombrado por Real Decreto 936/2024, de 17 de septiembre, en el ejercicio de las competencias que le atribuye el artículo 23.2.a) del Estatuto de ADIF-Alta Velocidad, aprobado mediante Real Decreto 1044/2013, de 27 de diciembre por el que se aprueba el Estatuto de la Entidad. parrafo MANIFIE
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Redacción asistida por IA · revisión editorial humana · fuente: BOE/EUR-Lex
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