Crónica
La Abogacía General del Estado y ADIF firman un convenio de asistencia jurídica para potenciar la defensa de los intereses de la entidad pública en litigios. El acuerdo permite a la Abogacía General del Estado prestar asesoramiento jurídico y representación ante jurisdicciones.
La Abogacía General del Estado y la Entidad Pública Empresarial Administrador de Infraestructuras Ferroviarias (ADIF) han firmado un convenio de asistencia jurídica para potenciar la defensa de los intereses de la entidad pública en litigios. El acuerdo permite a la Abogacía General del Estado prestar asesoramiento jurídico y representación ante jurisdicciones, en los mismos términos que para la asistencia jurídica a la Administración General del Estado.
El convenio tiene como objetivo lograr una mayor efectividad y coordinación de la asistencia jurídica a ADIF, y permite la designación de uno o más Abogados del Estado en activo que actúen como coordinadores directos de la asistencia jurídica. ADIF colaborará con los Abogados del Estado para la mejor defensa de los intereses en litigio.
Este acuerdo refleja la importancia de la colaboración entre la Abogacía General del Estado y las entidades públicas para garantizar la defensa de los intereses del Estado y de las instituciones públicas. La asistencia jurídica proporcionada por la Abogacía General del Estado permitirá a ADIF contar con una defensa más efectiva en los litigios en los que se vea involucrada.
En cuanto a las implicaciones de este convenio, es importante destacar que refuerza la posición de ADIF en el sector ferroviario, al proporcionarle una defensa más sólida en los litigios. Además, el convenio puede sentar un precedente para futuras colaboraciones entre la Abogacía General del Estado y otras entidades públicas.
Análisis
Este convenio de asistencia jurídica entre la Abogacía General del Estado y ADIF refleja la importancia de la colaboración entre las instituciones públicas para garantizar la defensa de los intereses del Estado. La designación de Abogados del Estado en activo como coordinadores directos de la asistencia jurídica permitirá una mayor efectividad y coordinación en la defensa de los intereses de ADIF. Esto puede sentar un precedente para futuras colaboraciones entre la Abogacía General del Estado y otras entidades públicas, y refuerza la posición de ADIF en el sector ferroviario.
A quién afecta
- ADIF
- Abogacía General del Estado
- Entidades públicas
Texto íntegro del BOE desplegar
El abogado general del Estado y el presidente de la Entidad Pública Empresarial Administrador de Infraestructuras Ferroviarias han suscrito, con fecha de 4 de junio de 2026, un convenio de asistencia jurídica. parrafo Para general conocimiento, y en cumplimiento de lo establecido en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, dispongo la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» del referido convenio como anejo a la presente resolución. parrafo Madrid, 23 de junio de 2026.–El Subsecretario de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, Alberto Herrera Rodríguez. parrafo_2 ANEJO anexo_num Convenio de asistencia jurídica entre la Administración General del Estado (Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, Abogacía General del Estado) y la Entidad Pública Empresarial Administrador de Infraestructuras Ferroviarias (ADIF) anexo_tit REUNIDOS centro_redonda De una parte, don David Segundo Vilas Álvarez, en su condición de Abogado General del Estado, cargo para el que fue nombrado por Real Decreto 578/2024, de 18 de junio (BOE núm. 148, de 19 de junio de 2024), quien actúa en virtud de la delegación conferida a su favor por el Ministro de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes en el artículo 8.d) de la Orden PJC/1062/2024, de 3 de octubre, sobre delegación de competencias y fijación de límites para la administración de determinados créditos para gastos. parrafo_2 De otra parte, don Luis Pedro Marco de la Peña, actuando en nombre y representación de la Entidad Pública Empresarial Administrador de Infraestructuras Ferroviarias (en adelante, ADIF), con domicilio social en calle Sor Ángela de la Cruz 3, 1.ª planta 28020 Madrid y NIF Q2801660H, en su condición de Presidente, cargo para el que fue nombrado por Real Decreto 936/2024, de 17 de septiembre, en el ejercicio de las competencias que le atribuye el artículo 23 del Real Decreto 2395/2004, de 30 de diciembre por el que s
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Redacción asistida por IA · revisión editorial humana · fuente: BOE/EUR-Lex
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