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BOE MINISTERIO DE EDUCACIÓN, FORMACIÓN PROFESIONAL Y DEPORTES · Resolución

Educación lanza Aula Mentor

El Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes y la Mancomunidad Integral de la Comarca de Olivenza firman un convenio para desarrollar el programa de formación abierta Aula Mentor, con el objetivo de promover la educación a distancia y la incorporación de tecnologías de la información y la comunicación en la sociedad. El convenio se publica en el Boletín Oficial del Estado el 3 de julio de 2026.


Crónica

El Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes y la Mancomunidad Integral de la Comarca de Olivenza firman un convenio para desarrollar el programa de formación abierta Aula Mentor, con el objetivo de promover la educación a distancia y la incorporación de tecnologías de la información y la comunicación en la sociedad. El convenio se publica en el Boletín Oficial del Estado el 3 de julio de 2026.

El Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes y la Mancomunidad Integral de la Comarca de Olivenza han firmado un convenio para desarrollar el programa de formación abierta Aula Mentor. Este programa tiene como objetivo promover la educación a distancia y la incorporación de tecnologías de la información y la comunicación en la sociedad.

El convenio se enmarca en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, que establece la obligación de las Administraciones públicas de promover ofertas de aprendizaje flexibles para jóvenes y adultos que abandonaron el sistema educativo sin titulación. El Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes tiene entre sus objetivos la incorporación de la educación a la sociedad de la información por medio de la promoción de las tecnologías de la información y de la comunicación.

La Mancomunidad Integral de la Comarca de Olivenza tiene capacidad para firmar el presente convenio, según la Ley 7/1985, de 2 de abril, de Bases del Régimen Local. El convenio se publica en el Boletín Oficial del Estado el 3 de julio de 2026.

El coste de implementación de este programa recaerá sobre la Mancomunidad Integral de la Comarca de Olivenza y el Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes. Los beneficiarios directos serán los jóvenes y adultos que participen en el programa Aula Mentor.

A quién afecta

  • Mancomunidad Integral de la Comarca de Olivenza
  • Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes
  • Jóvenes y adultos sin titulación
Texto íntegro del BOE desplegar

La Mancomunidad Integral de la Comarca de Olivenza y el Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes, han suscrito, con fecha de 29 de junio de 2026, un convenio para el desarrollo del programa de formación abierta denominado «Aula Mentor», por lo que conforme a lo previsto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, una vez inscrito en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicho convenio, que figura como anexo a esta resolución. parrafo Madrid, 3 de julio de 2026.–La Secretaria General Técnica, Laura Manzano Palomo. parrafo_2 ANEXO anexo_num Convenio entre la Mancomunidad Integral de la Comarca de Olivenza y el Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes para el desarrollo del programa de formación abierta denominado «Aula Mentor» anexo_tit REUNIDOS centro_redonda De una parte, don Óscar Díaz Hernández, Presidente de la Mancomunidad Integral de la Comarca de Olivenza, nombrado por Asamblea General en fecha de 2 de agosto de 2023. parrafo_2 De otra parte, el Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes, con domicilio social en calle Alcalá, número 34, de Madrid, representado en este acto por doña Esther Monterrubio Ariznabarreta, Secretaria General de Formación Profesional, en virtud del Real Decreto 1191/2024 de 28 de noviembre, por el que se nombra Secretaria General de Formación Profesional, y actuando en el ejercicio de la competencia que le otorga la Orden EFD/335/2025, de 3 de abril, sobre fijación de límites para la administración de determinados créditos para gastos y de delegación de competencias. parrafo En adelante, ambas entidades serán denominadas de manera conjunta como las partes. parrafo Ambas partes, que actúan en razón de las facultades que sus respectivos cargos les otorgan, se reconocen la capacidad necesaria para formalizar el presen

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Redacción asistida por IA · revisión editorial humana · fuente: BOE/EUR-Lex

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