Crónica
La Dirección General de Trabajo registra y publica el IV Convenio colectivo de Agencia de Transportes Robles, SAU, que afecta a todos los trabajadores de la empresa y regula sus condiciones de trabajo desde el 30 de junio de 2026 hasta el 31 de diciembre de 2030.
La Dirección General de Trabajo ha registrado y publicado el IV Convenio colectivo de Agencia de Transportes Robles, SAU, un acuerdo que regula las condiciones de trabajo de todos los empleados de la empresa. Este convenio, que entrará en vigor el día siguiente a su publicación en el BOE y tendrá una vigencia hasta el 31 de diciembre de 2030, abarca desde el ámbito funcional hasta las disposiciones generales y la composición de la Comisión Paritaria.
El convenio colectivo es el resultado de la negociación entre la Dirección de la empresa y el Comité Intercentros, en representación de las personas trabajadoras afectadas. La Comisión Paritaria, integrada por un máximo de 5 personas por cada una de las partes firmantes, tendrá como función principal dilucidar las posibles dudas que puedan surgir en la interpretación del convenio y realizar su seguimiento.
La publicación de este convenio colectivo supone la regulación de las condiciones de trabajo de los empleados de Agencia de Transportes Robles, SAU, y sentará las bases para futuras negociaciones. Los trabajadores de la empresa podrán beneficiarse de mejoras en sus condiciones laborales, mientras que la empresa podrá contar con una mayor estabilidad y seguridad en su relación con los empleados.
En cuanto a las implicaciones, este convenio colectivo puede sentar un precedente para otras empresas del sector, que podrían seguir el ejemplo de Agencia de Transportes Robles, SAU, y negociar sus propios convenios colectivos. Además, la regulación de las condiciones de trabajo puede tener un impacto positivo en la productividad y la satisfacción laboral de los empleados, lo que a su vez puede beneficiar a la empresa en términos de eficiencia y competitividad.
A quién afecta
- Trabajadores de Agencia de Transportes Robles
- Comité Intercentros
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Texto íntegro del BOE desplegar
Visto el texto del IV Convenio colectivo de la empresa Agencia de Transportes Robles, SAU (Código de convenio n.º 90102612012017), que fue suscrito con fecha 14 de abril de 2026, de una parte, por los designados por la Dirección de la empresa, en representación de la misma, y de otra por el Comité Intercentros, en representación de las personas trabajadoras afectadas, y que ha sido definitivamente subsanado con fecha 17 de junio de 2026, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, Texto refundido aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre (BOE de 24 de octubre), y en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios colectivos, acuerdos colectivos de trabajo y planes de igualdad, parrafo Esta Dirección General de Trabajo resuelve: parrafo Primero. articulo Ordenar la inscripción del citado Convenio colectivo en el correspondiente Registro de Convenios colectivos, acuerdos colectivos de trabajo y planes de igualdad con funcionamiento a través de medios electrónicos de este Centro Directivo, con notificación a la Comisión Negociadora. parrafo Segundo. articulo Disponer su publicación en el «Boletín Oficial del Estado». parrafo Madrid, 29 de junio de 2026.–La Directora General de Trabajo, María Nieves González García. parrafo_2 IV CONVENIO COLECTIVO AGENCIA DE TRANSPORTES ROBLES, SAU anexo CAPÍTULO I capitulo_num Disposiciones generales capitulo_tit Artículo 1. Partes negociadoras. articulo En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 85.3.a) del Estatuto de los trabajadores, las partes que conciertan el presente Convenio colectivo, reconociéndose las partes con plena legitimación, son la Dirección de la empresa Agencia de Transporte Robles, y el Comité Intercentros, de acuerdo con lo previsto en el artículo 56 del III Convenio Agencia Transportes Robles. parrafo Artículo 2. Ámbito funcional. articulo El presente convenio tiene por objeto regular
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Redacción asistida por IA · revisión editorial humana · fuente: BOE/EUR-Lex
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