Crónica
La Conferencia General de Política Universitaria aprueba la distribución territorial de créditos para becas de colaboración de estudiantes en departamentos universitarios durante el curso 2026/27. El presupuesto máximo es de 4.862.000 euros para 2.431 becas.
La Conferencia General de Política Universitaria ha aprobado la propuesta de distribución territorial y los criterios de reparto de los créditos gestionados por comunidades autónomas destinados a la convocatoria de becas de colaboración de estudiantes en departamentos universitarios durante el curso 2026/27. El presupuesto máximo para este programa es de 4.862.000 euros, que se distribuirán en 2.431 becas de colaboración con un importe individual de 2.000 euros.
El acuerdo se ha adoptado en cumplimiento de la normativa vigente, que establece que la Conferencia General de Política Universitaria determinará el número de becas a convocar por parte de las comunidades autónomas que hayan asumido plenas competencias en esta materia. La ejecución del crédito consignado en la actuación de financiación queda sujeta a lo dispuesto en la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, y en el Real Decreto 1721/2007, de 21 de diciembre.
La distribución de los créditos se realizará según los criterios objetivos establecidos por la Conferencia Sectorial, que tendrá en cuenta la normativa básica aplicable a las becas de colaboración de estudiantes en departamentos universitarios financiadas con cargo a los Presupuestos Generales del Estado. Los departamentos universitarios y los estudiantes beneficiarios de estas becas podrán colaborar en proyectos de investigación y docencia, lo que contribuirá a mejorar la calidad de la educación superior en España.
El coste de estas becas recaerá sobre el presupuesto del Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades, que deberá garantizar la financiación de estas becas para el curso 2026/27. Las comunidades autónomas que hayan asumido plenas competencias en esta materia también deberán contribuir a la financiación de estas becas, según los criterios de reparto establecidos por la Conferencia Sectorial.
Análisis
La aprobación de la distribución territorial de créditos para becas de colaboración de estudiantes en departamentos universitarios durante el curso 2026/27 señala un paso importante hacia la descentralización de la gestión de las becas en España. La Conferencia General de Política Universitaria ha establecido criterios objetivos para la distribución de los créditos, lo que garantiza una asignación más equitativa y transparente de los recursos. Sin embargo, la ejecución del crédito consignado en la actuación de financiación queda sujeta a la normativa vigente, lo que puede generar incertidumbre sobre la efectiva disponibilidad de los fondos. Los departamentos universitarios y los estudiantes beneficiarios de estas becas deberán estar atentos a los plazos y procedimientos establecidos para la convocatoria y gestión de las becas.
A quién afecta
- Departamentos universitarios
- Estudiantes de universidad
- Comunidades autónomas
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La Conferencia General de Política Universitaria, en su reunión de 10 de julio de 2026, ha adoptado el Acuerdo por el que se aprueba la propuesta de distribución territorial y los criterios de reparto de los créditos gestionados por comunidades autónomas destinados a la convocatoria de becas de colaboración de estudiantes en departamentos universitarios durante el curso 2026/27. Para general conocimiento, Esta Secretaría General de Universidades dispone la publicación del citado acuerdo mediante la presente resolución. Madrid, 14 de julio de 2026.–El Secretario General de Universidades, Francisco García Pascual. ACUERDO DE 10 DE JULIO DE 2026 DE LA CONFERENCIA GENERAL DE POLÍTICA UNIVERSITARIA POR EL QUE SE APRUEBA LA PROPUESTA DE DISTRIBUCIÓN TERRITORIAL Y LOS CRITERIOS DE REPARTO DE LOS CRÉDITOS GESTIONADOS POR COMUNIDADES AUTÓNOMAS DESTINADOS A LA CONVOCATORIA DE BECAS DE COLABORACIÓN DE ESTUDIANTES EN DEPARTAMENTOS UNIVERSITARIOS DURANTE EL CURSO 2026/2027 A partir del curso 2026-2027 se ha hecho efectivo el traspaso de las becas de colaboración a la Comunidad Autónoma de Cataluña, en cumplimiento de lo dispuesto en el Real Decreto 261/2025, de 1 de abril, de ampliación de funciones y servicios traspasados a la Generalitat de Cataluña por el Real Decreto 2809/1980, de 3 de octubre, en materia de Enseñanza, y por el Real Decreto 305/1985, de 6 de febrero, en materia de Universidades: becas y ayudas al estudio. La convocatoria de estas becas para el resto del territorio nacional continúa en ese curso siendo de gestión centralizada por parte del Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes con la excepción del País Vasco, que mantiene su propia convocatoria, cuyo régimen de financiación se incardina en los acuerdos que se adopten para los periodos establecidos en la normativa aplicable en el seno de la Comisión Mixta del Concierto Económico. El artículo 12 del Real Decreto 179/2026, de 11 de marzo, por el que se establecen los umbrales de renta y patri
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Redacción asistida por IA · publicación automatizada, sin revisión previa (aviso · correcciones) · fuente: BOE/EUR-Lex
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