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BOE TRIBUNAL CONSTITUCIONAL · Sentencia

Tribunal Constitucional anula ley

El Tribunal Constitucional anula la ley de modificación de la Ley de Radio Televisión Madrid por vulnerar el derecho al ejercicio de las funciones representativas de los diputados. La ley fue aprobada sin permitir la presentación de enmiendas.


Crónica

El Tribunal Constitucional anula la ley de modificación de la Ley de Radio Televisión Madrid por vulnerar el derecho al ejercicio de las funciones representativas de los diputados. La ley fue aprobada sin permitir la presentación de enmiendas.

El Tribunal Constitucional ha anulado la ley de modificación de la Ley de Radio Televisión Madrid, aprobada por la Asamblea de Madrid en abril de 2022. La decisión se debe a que la ley fue aprobada sin permitir la presentación de enmiendas, lo que vulnera el derecho al ejercicio de las funciones representativas de los diputados.

La proposición de ley fue presentada por el Grupo Parlamentario Popular y se tramitó mediante el procedimiento de lectura única, sin permitir la presentación de enmiendas. El Grupo Parlamentario Socialista y otros grupos parlamentarios se opusieron a la tramitación en lectura única, pero no pudieron presentar enmiendas.

El Tribunal Constitucional considera que la tramitación en lectura única sin permitir la presentación de enmiendas es inconstitucional, ya que vulnera el derecho al ejercicio de las funciones representativas de los diputados. La sentencia del Tribunal Constitucional es un precedente importante para la regulación de la tramitación de leyes en las asambleas legislativas.

La anulación de la ley supone un revés para el Grupo Parlamentario Popular, que había impulsado la modificación de la Ley de Radio Televisión Madrid. Por otro lado, el Grupo Parlamentario Socialista y otros grupos parlamentarios que se opusieron a la tramitación en lectura única ven reforzada su posición.

Análisis

La sentencia del Tribunal Constitucional señala un importante precedente para la regulación de la tramitación de leyes en las asambleas legislativas. Los grupos parlamentarios deben tener en cuenta la necesidad de permitir la presentación de enmiendas para garantizar el ejercicio de las funciones representativas de los diputados. La anulación de la ley supone un revés para el Grupo Parlamentario Popular, pero también refuerza la posición de los grupos parlamentarios que se opusieron a la tramitación en lectura única.

A quién afecta

  • Diputados
  • Grupos parlamentarios

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ECLI:ES:TC:2026:48 El Pleno del Tribunal Constitucional, compuesto por el Magistrado don Cándido Conde-Pumpido Tourón, Presidente, y las Magistradas y Magistrados doña Inmaculada Montalbán Huertas, don Ricardo Enríquez Sancho, doña María Luisa Balaguer Callejón, don Ramón Sáez Valcárcel, don Enrique Arnaldo Alcubilla, doña Concepción Espejel Jorquera, doña María Luisa Segoviano Astaburuaga, don César Tolosa Tribiño, don Juan Carlos Campo Moreno, doña Laura Díez Bueso y don José María Macías Castaño, ha pronunciado EN NOMBRE DEL REY la siguiente SENTENCIA En el recurso de amparo núm. 4651-2022, promovido por las diputadas y diputados del Grupo Parlamentario Socialista de la Asamblea de Madrid doña Hana Jalloul Muro, don Juan Lobato Gandarias, don Jesús Celada Pérez, doña Manuela Villa Acosta, doña Pilar Sánchez Acera, don José Carmelo Cepeda García de León, doña Lorena Morales Porro, don Diego Cruz Torrijos, doña María del Carmen Barahona Prol, don José Luis García Sánchez, doña María del Carmen Mena Romero, don Gonzalo Pastor Barahona, doña Matilde Isabel Díaz Ojeda, doña Cristina González Álvarez, don Fernando Fernández Lara, don Javier Guardiola Arévalo, doña Begoña Estefanía Suárez Menéndez, doña Sonia Conejero Palero, don Santiago José Rivero Cruz, doña Marta Bernardo Llorente, don Enrique Rico García-Hierro y doña María del Carmen López Ruiz, contra el acuerdo de la mesa de la Asamblea de Madrid de 28 de marzo de 2022. Ha comparecido la Asamblea de Madrid. Ha intervenido el Ministerio Fiscal. Ha sido ponente la Magistrada doña María Luisa Segoviano Astaburuaga. I. Antecedentes 1. Mediante escrito registrado en el Tribunal el 27 de junio de 2022, las diputadas y diputados del Grupo Parlamentario Socialista de la Asamblea de Madrid citados en el encabezamiento de esta sentencia, representados por la procuradora de los tribunales doña Virginia Aragón Segura, bajo la dirección del letrado don Alberto Cachinero Capitán y de la letrada doña Marta López Expósito, inte

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