Crónica
El Tribunal Supremo redefine la composición y funcionamiento de la Sala del artículo 61 de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Esta sala tiene competencia en materia de recursos de revisión y causas contra presidentes de sala o magistrados. La composición de la sala se ordena según la antigüedad de los magistrados y magistradas. El acuerdo establece las normas para la composición y funcionamiento de esta sala especial. La Sala del artículo 61 LOPJ está formada por la presidenta del Tribunal Supremo, los presidentes de sala y el magistrado más antiguo y el más moderno de cada una de ellas, y tiene competencia en materia de recursos de revisión contra las sentencias dictadas en única instancia por la Sala de lo Contencioso-Administrativo.
A quién afecta
- Magistrados
- Presidentes de sala
- Tribunal Supremo
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Redacción asistida por IA · revisión editorial humana · fuente: BOE/EUR-Lex
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