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BOE MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES, UNIÓN EUROPEA Y COOPERACIÓN · Real Decreto

Exteriores regula la Comisión Nacional de la UNESCO

El Real Decreto 368/2026 regula la composición y funcionamiento de la Comisión Nacional Española de Cooperación con la UNESCO. Esta reforma se enmarca en la política de cooperación para el desarrollo sostenible y la solidaridad global de España. La Comisión Nacional se renueva para adaptarse a las nuevas realidades administrativas y a las directrices de la UNESCO.


Análisis Antes / Ahora

Esta disposición modifica otra norma

Antes

La Comisión Nacional Española de Cooperación con la UNESCO se regía por el Real Decreto 173/2004, de 30 de enero, que la reestructuró para adaptarla a las nuevas realidades administrativas de España.

Ahora

La Comisión Nacional Española de Cooperación con la UNESCO se regirá por el Real Decreto 368/2026, de 6 de mayo, que la adapta a las nuevas realidades administrativas y alinea con los objetivos de desarrollo sostenible de Naciones Unidas.

Qué tienes que hacer: Revisar los objetivos y metas de desarrollo sostenible acordados en Naciones Unidas y asegurarse de que se alinean con la política española de cooperación para el desarrollo sostenible. Comprobar si los principios de actuación de la política española de cooperación para el desarrollo sostenible se ajustan a los principios de la Carta de Naciones Unidas.

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Crónica

El Real Decreto 368/2026 regula la composición y funcionamiento de la Comisión Nacional Española de Cooperación con la UNESCO. Esta reforma se enmarca en la política de cooperación para el desarrollo sostenible y la solidaridad global de España. La Comisión Nacional se renueva para adaptarse a las nuevas realidades administrativas y a las directrices de la UNESCO.

La Comisión Nacional Española de Cooperación con la UNESCO ha sido objeto de numerosas reestructuraciones desde su creación en 1953. La última modificación se remonta a 2004, pero ahora se produce una nueva reforma para adaptarla a las necesidades actuales. La Ley 1/2023 de Cooperación para el Desarrollo Sostenible y la Solidaridad Global establece la plena integración de la cooperación española en el marco de Naciones Unidas y el compromiso con el multilateralismo.

La Comisión Nacional es una herramienta clave para alcanzar estos objetivos, y su reforma se enmarca en la política de cooperación para el desarrollo sostenible y la solidaridad global de España. El Estatuto de la Agencia Estatal Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo establece que los objetivos de la cooperación para el desarrollo sostenible están alineados con los de los principales organismos multilaterales, como la UNESCO.

La reforma de la Comisión Nacional se produce en un momento en que se celebra el 80.º aniversario de la fundación de la UNESCO, y se enmarca en la estrategia de España para aumentar su presencia en los foros internacionales y mejorar la gestión de la cooperación multilateral. La Comisión Nacional tendrá un papel clave en la implementación de esta estrategia y en la promoción de la cooperación para el desarrollo sostenible y la solidaridad global.

A quién afecta

  • Ministerio de Asuntos Exteriores
  • Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo
  • UNESCO
Texto íntegro del BOE desplegar

La Comisión Nacional Española de Cooperación con la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (en adelante, Comisión Nacional), creada por el Decreto de 20 de febrero de 1953 por el que se constituye la Comisión Nacional Española ante la UNESCO, ha sido objeto de numerosas reestructuraciones desde el Decreto 3162/1966, de 15 de diciembre, por el que se reorganiza la Comisión Nacional de Cooperación con la UNESCO. La última de dichas modificaciones fue llevada a cabo por el Real Decreto 173/2004, de 30 de enero, por el que se reestructura la Comisión Nacional Española de Cooperación con la UNESCO, a fin de adaptarla a las nuevas realidades administrativas de España de conformidad con las directrices marcadas por las sucesivas reuniones de la Conferencia General de la UNESCO, máximo órgano rector de dicha organización internacional. Veintiocho años después de la Ley 23/1998, de 7 de julio, de Cooperación Internacional para el Desarrollo, la Ley 1/2023, de 20 de febrero, de Cooperación para el Desarrollo Sostenible y la Solidaridad Global, afirma desde su preámbulo, la plena integración de la cooperación española en el marco de Naciones Unidas, así como el compromiso renovado con el multilateralismo. Este es, según el artículo 2.3 de la nueva ley, uno de los principios de actuación de la política española de cooperación para el desarrollo sostenible, que comparte «los principios de la Carta de Naciones Unidas» en su artículo 2.1. parrafo Por su parte, el artículo 6 de la Ley 1/2023, de 20 de febrero, recoge expresamente «los objetivos y metas de desarrollo sostenible acordados en Naciones Unidas» entre los elementos que «conforman el marco general de la planificación y dirección estratégica de la política de cooperación española para el desarrollo sostenible». Además, los objetivos de la política española de cooperación para el desarrollo sostenible, enunciados en el artículo 4.1, incluyen aquellos que rigen la misión de la UNESCO c

Leer el texto completo en BOE →

Normativa anterior tocada

  • MODIFICA el Real Decreto 173/2004, de 30 de enero
  • MODIFICA Real Decreto 1246/2024, de 10 de diciembre
  • MODIFICA Decreto de 20 de febrero de 1953 (Gazeta)

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