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City skyline with apartment buildings and distant mountains · Matteo Squillante · Unsplash

BOE SECCIÓN SEGUNDA. Anuncios y avisos legales · FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS

Inmolur absor!be Lurueña

La Junta General Extraordinaria de Inmolur Inmuebles Comerciales aprueba la fusión por absorción de Lurueña. La sociedad absorbida se disuelve y transmite su patrimonio a Inmolur, que cambia su denominación a Lurueña.


Crónica

La Junta General Extraordinaria de Inmolur Inmuebles Comerciales aprueba la fusión por absorción de Lurueña. La sociedad absorbida se disuelve y transmite su patrimonio a Inmolur, que cambia su denominación a Lurueña.

La fusión por absorción de Lurueña por parte de Inmolur Inmuebles Comerciales supone la disolución de la sociedad absorbida y la transmisión de su patrimonio a la sociedad absorbente. La operación se ha llevado a cabo de conformidad con el Proyecto Común de Fusión de fecha 1 de abril de 2026 y los Balances de Fusión cerrados a 31 de diciembre de 2025.

La sociedad absorbente, Inmolur Inmuebles Comerciales, cambiará su denominación social a Lurueña, asumiendo la denominación de la sociedad absorbida. La fusión no ha requerido la aprobación de la Junta General de la sociedad absorbida, ya que esta se halla íntegramente participada por la sociedad absorbente.

La operación tiene implicaciones para los trabajadores y acreedores de ambas sociedades, que podrán examinar la documentación relativa a la fusión en los domicilios sociales de las sociedades. Los acreedores cuyos créditos hayan nacido con anterioridad al anuncio de la fusión y no hayan vencido aún podrán instar el procedimiento previsto en el artículo 13 del RDLME en el plazo de un mes contado a partir de la publicación del anuncio de la fusión.

La fusión se ha llevado a cabo de conformidad con el régimen de fusión especial previsto en los artículos 9 y 53 del RDLME, lo que ha permitido agilizar el proceso y reducir los trámites administrativos.

A quién afecta

  • Socios de Inmolur Inmuebles Comerciales
  • Trabajadores de Inmolur Inmuebles Comerciales y Lurueña
  • Acreedores de Inmolur Inmuebles Comerciales y Lurueña
Texto íntegro del BOE desplegar

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 10 del Real Decreto-Ley 5/2023, de 28 de junio (en adelante, "RDLME"), se hace público que el 11 de mayo de 2026 la Junta General Extraordinaria y Universal de Socios de Inmolur Inmuebles Comerciales, S.L. (en adelante, la "Sociedad Absorbente"), Socio Único de Lurueña, S.L.U. (en adelante, la "Sociedad Absorbida"), ha aprobado por unanimidad el acuerdo de Fusión Especial por Absorción, sobre la base del Proyecto Común de Fusión de fecha 1 de abril de 2026. parrafo La Fusión aprobada supone la absorción por parte de la Sociedad Absorbente de la Sociedad Absorbida, la cual se disuelve sin liquidación, se extingue y transmite en bloque todo su patrimonio a la Sociedad Absorbente, que adquiere por sucesión universal la totalidad de los derechos y obligaciones de la Sociedad Absorbida, todo ello de conformidad con el Proyecto Común de Fusión de fecha 1 de abril de 2026 y de los Balances de Fusión cerrados a 31 de diciembre de 2025. De conformidad a lo dispuesto en los artículos 9 y 53 RDLME, dado que la Sociedad Absorbida se halla íntegramente participada de forma directa por la Sociedad Absorbente, no ha sido necesaria la aprobación de la Fusión en sede de la Sociedad Absorbida. parrafo Se hace expresamente constar que, de conformidad a lo dispuesto en el art. 418 del Reglamento del Registro Mercantil, la Absorbente Inmolur Inmuebles Comerciales, S.L. modificará su denominación social por la de Lurueña, S.L. asumiendo la denominación de la Sociedad Absorbida. parrafo En consecuencia, de conformidad al régimen de Fusión Especial previsto en los artículos 9 y 53 RDLME, no resulta necesario para esta Fusión: (i) la publicación o depósito previo del Proyecto Común de Fusión; (ii) la inclusión en el Proyecto Común de Fusión de las menciones relativas al tipo de canje de las acciones o participaciones, a las modalidades de entrega de las acciones o participaciones de la sociedad resultante a los socios de la sociedad o sociedade

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