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BOE SECCIÓN SEGUNDA. Anuncios y avisos legales · ESCISIÓN DE EMPRESAS

Consulter se escinde

La sociedad Consulter, S.L. se escinde en dos partes, transmitidas a Consulter Asesores Madrid, S.L. y Mojisa Alcorcón, S.L. La escisión se acoge al régimen especial simplificado del RDL 5/2023.


Crónica

La sociedad Consulter, S.L. se escinde en dos partes, transmitidas a Consulter Asesores Madrid, S.L. y Mojisa Alcorcón, S.L. La escisión se acoge al régimen especial simplificado del RDL 5/2023.

La sociedad Consulter, S.L. ha aprobado su escisión total, con la creación de dos sociedades beneficiarias: Consulter Asesores Madrid, S.L. y Mojisa Alcorcón, S.L. La escisión se ha realizado bajo el régimen especial simplificado previsto en el RDL 5/2023, lo que significa que no ha sido necesario publicar ni depositar previamente el proyecto de escisión ni los informes correspondientes.

Los socios y acreedores de las sociedades participantes en la escisión tienen derecho a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los balances de escisión, así como a oponerse a la escisión en el plazo y términos previstos en el artículo 13 del RDL 5/2023.

La escisión de Consulter, S.L. es un ejemplo de cómo las empresas pueden reestructurarse para adaptarse a los cambios en el mercado y mejorar su competitividad. En este caso, la creación de dos sociedades beneficiarias permitirá a cada una de ellas centrarse en su propio negocio y aprovechar las oportunidades que se presenten.

En cuanto a las implicaciones de esta escisión, es importante destacar que los socios y acreedores de las sociedades participantes deben estar atentos a sus derechos y obligaciones en este proceso. Además, la escisión puede tener un impacto en la competitividad y la posición en el mercado de las sociedades resultantes.

A quién afecta

  • Socios de Consulter, S.L.
  • Acreedores de Consulter, S.L.
Texto íntegro del BOE desplegar

De conformidad con lo establecido en el artículo 10 del Real Decreto-Ley 5/2023, de 28 de junio, sobre modificaciones estructurales de las Sociedades mercantiles (en adelante, la "LME"), se hace público que el día 25 de mayo de 2026, las Juntas Generales Extraordinaria y Universal de Consulter. S.L. ("Sociedad Escindida") y de Consulter Asesores Madrid, S.L. ("Sociedad beneficiaria"), en ejercicio de sus competencias, han aprobado y por unanimidad la escisión total de la Sociedad Escindida, con su extinción y la división de su patrimonio en dos partes, transmitidas en bloque, por sucesión universal, a favor de dos sociedades beneficiarias, una de nueva creación Mojisa Alcorcón, S.L. y otra preexistente Consulter Asesores Madrid, S.L. (conjuntamente las "Sociedades Beneficiarias)" parrafo Las Sociedades Beneficiarias adquirirán por sucesión universal los derechos y obligaciones correspondientes a la parte del patrimonio escindido que se les atribuye, conforme el proyecto de escisión total suscrito por el administrador de las sociedades intervinientes el día 23 de abril de 2026. parrafo La escisión total acordada se acoge al régimen especial simplificado previsto en los artículos 9 y 71 del RDL 5/2023, toda vez que: (i) las participaciones sociales de las sociedades beneficiarias se atribuyen a los socios de la sociedad que se escinde, en proporción a su participación, y (ii) el acuerdo de escisión total fue adoptado en Junta universal y por unanimidad tanto de la Sociedad Escindida, Consulter, S.L. como de la Beneficiaria, Consulter Asesores Madrid, S.L. En consecuencia, no es necesario publicar o depositar previamente el proyecto de escisión, ni el informe de los administradores sobre el proyecto de escisión, salvo en la parte destinada a los trabajadores, ni el informe de expertos independientes, así como tampoco el balance de escisión. parrafo De conformidad en los artículos 10 del RDL 5/2023. se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios y acree

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Redacción asistida por IA · revisión editorial humana · fuente: BOE/EUR-Lex

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