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BOE SECCIÓN SEGUNDA. Anuncios y avisos legales · ESCISIÓN DE EMPRESAS

Perama escinde patrimonio

La Junta General de DISTRIBUCIONES Y REPRESENTACIONES PERAMA, S.L. aprueba la escisión parcial sin extinción, transmitiendo parte de su patrimonio a ROMERO Y LLANOS, S.L. El acuerdo se adoptó por unanimidad el 5 de mayo de 2026.


Crónica

La Junta General de DISTRIBUCIONES Y REPRESENTACIONES PERAMA, S.L. aprueba la escisión parcial sin extinción, transmitiendo parte de su patrimonio a ROMERO Y LLANOS, S.L. El acuerdo se adoptó por unanimidad el 5 de mayo de 2026.

La escisión parcial de DISTRIBUCIONES Y REPRESENTACIONES PERAMA, S.L. supone la transmisión en bloque de parte de su patrimonio a ROMERO Y LLANOS, S.L., sociedad beneficiaria preexistente. El acuerdo, adoptado por unanimidad el 5 de mayo de 2026, se enmarca en el Real Decreto-ley 5/2023, que regula las modificaciones estructurales de sociedades.

El patrimonio escindido se compone de elementos de activo que se detallan en el acuerdo de escisión parcial. Los socios y acreedores de las sociedades participantes tienen derecho a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y del balance de escisión.

La operación se realiza bajo el régimen simplificado del artículo 71 del RD-L 5/2023, que no requiere el informe de los administradores sobre el proyecto de escisión ni el informe de expertos independientes. Los acreedores de las sociedades indicadas pueden oponerse a la escisión en los términos establecidos en el artículo 13 del Real Decreto-ley 5/2023.

El coste de esta operación recae sobre los socios y acreedores de las sociedades participantes, que deberán adaptarse a los cambios en la estructura de la sociedad. No obstante, la escisión parcial puede suponer una oportunidad para ROMERO Y LLANOS, S.L. de expandir su negocio y aumentar su competitividad.

A quién afecta

  • Socios de DISTRIBUCIONES Y REPRESENTACIONES PERAMA, S.L.
  • Acreedores de DISTRIBUCIONES Y REPRESENTACIONES PERAMA, S.L.
  • Socios de ROMERO Y LLANOS, S.L.
Texto íntegro del BOE desplegar

En cumplimiento de lo establecido en el artículo 10 del Real Decreto-ley 5/ 2023, de 28 de junio, sobre modificaciones estructurales de sociedades, se comunica que la Junta General Extraordinaria Universal de socios de DISTRIBUCIONES Y REPRESENTACIONES PERAMA, S.L. (Sociedad parcialmente escindida) y ROMERO Y LLANOS, S.L (sociedad beneficiaria preexistente), celebradas ambas el 5 de mayo de 2026, aprobaron por unanimidad la escisión parcial sin extinción de DISTRIBUCIONES Y REPRESENTACIONES PERAMA, S.L. mediante la transmisión en bloque de parte de su patrimonio a la sociedad beneficiaria ya existente ROMERO Y LLANOS, S.L (sociedad beneficiaria), la cual adquirirá por sucesión a título universal todos los derechos y obligaciones integrantes del patrimonio escindido, adjudicando a los socios de la sociedad parcialmente escindida las participaciones sociales de la sociedad beneficiaria ya existente, todo ello de conformidad con el Proyecto de Escisión parcial redactado y suscrito por el órgano de administración de DISTRIBUCIONES Y REPRESENTACIONES PERAMA, S.L. el 1 de mayo de 2026. parrafo En virtud del artículo 9 del RD-L 5/2023, al haberse adoptado el acuerdo de escisión parcial en Junta universal y por unanimidad de todos los socios de las sociedades participantes, no es necesario publicar o depositar previamente el proyecto de escisión ni es necesario el informe de los Administradores sobre el mismo. Asimismo, resulta de aplicación el régimen simplificado recogido en el artículo 71 del RD-L 5/2023, al atribuirse a los socios de la sociedad parcialmente escindida las participaciones sociales de la sociedad beneficiaria proporcionalmente a los derechos que tenían en el capital de aquella, no siendo necesario el informe de los administradores sobre el proyecto de escisión, ni el informe de expertos independientes, así como tampoco el Balance de escisión. parrafo No obstante, se hace constar que el acuerdo de escisión parcial contiene el detalle de los elementos de ac

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Redacción asistida por IA · revisión editorial humana · fuente: BOE/EUR-Lex

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