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BOE SECCIÓN SEGUNDA. Anuncios y avisos legales · FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS

BNP Paribas absorbe filial

El Consejo de Administración de BNP Paribas, S.A. aprueba la fusión transfronteriza con BNP Paribas Fund Services España S.L. desde el 25 de junio de 2026, asumiendo la Sociedad Absorbente todos los derechos y obligaciones de la Sociedad Absorbida.


Crónica

El Consejo de Administración de BNP Paribas, S.A. aprueba la fusión transfronteriza con BNP Paribas Fund Services España S.L. desde el 25 de junio de 2026, asumiendo la Sociedad Absorbente todos los derechos y obligaciones de la Sociedad Absorbida.

La operación de fusión transfronteriza entre BNP Paribas, S.A. y BNP Paribas Fund Services España S.L. se lleva a cabo en la Directiva (UE) 2019/2121, que modifica la Directiva (UE) 2017/1132. La Sociedad Absorbente, de nacionalidad francesa, absorbe a la Sociedad Absorbida, de nacionalidad española, produciendo la extinción de esta última y la transmisión de su patrimonio social a la Sociedad Absorbente.

La actividad desarrollada por la Sociedad Absorbida será asumida por la Sociedad Absorbente a través de su sucursal en España. La fusión se rige por las leyes personales de las sociedades participantes, que trasponen la Directiva (UE) 2019/2121.

El régimen simplificado de fusión transfronteriza se aplica en este caso, dado que la Sociedad Absorbente es titular íntegra y directamente de todos los derechos de voto de la Sociedad Absorbida. La eficacia de la fusión está condicionada al cumplimiento de las condiciones y requisitos legales previstos en el proyecto común de fusión, incluyendo la obtención de la opinión favorable del Banco Central Europeo.

Los socios, obligacionistas, titulares de derechos especiales y representantes de los trabajadores de las sociedades participantes en la fusión tienen derecho a examinar el proyecto común y la documentación prevista en la LME.

La absorción beneficiará a la Sociedad Absorbente, que ampliará su presencia en el mercado español, mientras que la Sociedad Absorbida dejará de existir como entidad independiente. Los costes de compliance associatedos con la fusión recaerán sobre la Sociedad Absorbente.

Análisis

La fusión transfronteriza entre BNP Paribas, S.A. y BNP Paribas Fund Services España S.L. refleja la tendencia hacia la concentración en el sector bancario. La operación simplificará la estructura de la entidad y mejorará su eficiencia. Los socios y acreedores de la Sociedad Absorbida deben examinar el proyecto común y la documentación prevista en la LME para entender los términos de la fusión.

A quién afecta

  • Bancos sistémicos
  • Departamentos de riesgos de entidades medianas

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En cumplimiento de lo previsto en el artículo 55 del Real Decreto Ley 5/2023, de 28 de junio, por el que se adoptan y prorrogan determinadas medidas de respuesta a las consecuencias económicas y sociales de la Guerra de Ucrania, de apoyo a la reconstrucción de la isla de La Palma y a otras situaciones de vulnerabilidad; de transposición de Directivas de la Unión Europea en materia de modificaciones estructurales de sociedades mercantiles y conciliación de la vida familiar y la vida profesional de los progenitores y los cuidadores; y de ejecución y cumplimiento del Derecho de la Unión Europea. (LME), se hace público que el Consejo de Administración de BNP Paribas, S.A. (la Sociedad Absorbente), en su reunión celebrada en fecha 25 de junio de 2026 y el Consejo de Administración de BNP Paribas Fund Services España S.L., (la Sociedad Absorbida), celebrada en Madrid el día 25 de junio de 2026, acordaron aprobar el proyecto de fusión transfronteriza intracomunitaria de las citadas sociedades, mediante la absorción de la Sociedad Absorbida, de nacionalidad española, por la Sociedad Absorbente, de nacionalidad francesa, produciéndose la extinción, vía disolución sin liquidación de la Sociedad Absorbida, y la transmisión en bloque a título universal de su patrimonio social a la Sociedad Absorbente, sin que proceda ampliación de capital en ésta sociedad, que adquirirá por sucesión universal todos los derechos y obligaciones de la Sociedad Absorbida y los asignará simultáneamente a su sucursal en España. parrafo Desde el momento en que la fusión surta efectos, la actividad desarrollada por la Sociedad Absorbida comenzará a ser desarrollada por la Sociedad Absorbente a través de su sucursal en España. parrafo En la medida en que la Sociedad Absorbida es una sociedad constituida bajo ley española y la Sociedad Absorbente es una sociedad constituida bajo ley francesa, se trata de una fusión transfronteriza intracomunitaria que se rige por lo establecido en las respectivas leyes p

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Redacción asistida por IA · revisión editorial humana · fuente: BOE/EUR-Lex

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