Crónica
Asfaltados y Equipos de Maquinaria, S.L. aprueba la escisión de parte de su patrimonio a favor de Asfaltados y Equipos de Maquinaria 2026, S.L. Los socios de la sociedad escindida adquirirán participaciones en la sociedad beneficiaria. La operación se realiza según el Real Decreto-ley 5/2023.
La junta general extraordinaria y universal de socios de Asfaltados y Equipos de Maquinaria, S.L. ha aprobado la escisión de parte de su patrimonio social a favor de Asfaltados y Equipos de Maquinaria 2026, S.L. Esta operación se realiza en virtud del Real Decreto-ley 5/2023, que regula las escisiones de empresas.
La sociedad escindida, Asfaltados y Equipos de Maquinaria, S.L., traspasará una parte de su patrimonio social a la sociedad beneficiaria, Asfaltados y Equipos de Maquinaria 2026, S.L., quien adquirirá por sucesión universal todos los derechos y obligaciones inherentes a dicho patrimonio escindido.
Los socios de la sociedad escindida adquirirán participaciones en la sociedad beneficiaria proporcionalmente a los derechos que tenían en el capital de la sociedad escindida.
La operación se ha realizado según el procedimiento simplificado previsto en el artículo 71 del Real Decreto-ley 5/2023, lo que ha evitado la necesidad de publicar o depositar previamente el Proyecto de Escisión ni el informe de los Administradores sobre el mismo.
A quién afecta
- Socios de Asfaltados y Equipos de Maquinaria, S.L.
- Socios de Asfaltados y Equipos de Maquinaria 2026, S.L.
- Trabajadores de Asfaltados y Equipos de Maquinaria, S.L.
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De conformidad con lo dispuesto en el artículo 10 del Real Decreto-ley 5/2023, de 28 de junio (en adelante "RDL 5/2023"), se hace público que las juntas generales extraordinarias y universales de socios de Asfaltados y Equipos de Maquinaria, S.L (Sociedad Escindida) y Asfaltados y Equipos de Maquinaria 2026, S.L (Sociedad beneficiaria de nueva creación), celebradas todas ellas el 23 de junio de 2026, aprobaron, por unanimidad, la escisión de Asfaltados y Equipos de Maquinaria, S.L que traspasará, sin extinguirse, una parte de su patrimonio social a favor de la sociedad Asfaltados y Equipos de Maquinaria 2026, S.L, quien adquirirá por sucesión universal, todos los derechos y obligaciones inherentes a dicho patrimonio escindido, en los términos y condiciones del Proyecto de Escisión suscritos por los órganos de administración de las sociedades intervinientes en fecha 22 de junio de 2026. parrafo En virtud del artículo 9 del RDL 5/2023, al haberse adoptado el acuerdo de escisión en Junta universal y por unanimidad de todos los socios de la sociedad escindida y por el procedimiento simplificado previsto en el artículo 71 de la misma norma, no es necesario publicar o depositar previamente el Proyecto de Escisión ni es necesario el informe de los Administradores sobre el mismo. Asimismo, en aplicación del citado régimen simplificado que se recoge en el artículo 71 del RDL 5/2023, al atribuirse a los socios de la sociedad escindida las participaciones sociales de la sociedad beneficiaria preexistente proporcionalmente a los derechos que tenían en el capital de aquella, no es necesario el informe de los administradores sobre el proyecto de escisión ni el informe de expertos independientes. No obstante, se hace constar que el acuerdo de Escisión contiene el detalle de los elementos de activo y pasivo que componen el patrimonio escindido transmitido a la sociedad beneficiaria Asfaltados y Equipos de Maquinaria 2026, S.L. parrafo Se hace constar expresamente el derecho que asi
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Redacción asistida por IA · revisión editorial humana · fuente: BOE/EUR-Lex
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