Crónica
Artificial Intelligence Solutions, S.L.U. absorbe a Liquid Maths, S.L.U. tras la aprobación de la fusión por absorción en las respectivas Juntas Generales de socios el 30 de junio de 2026. La sociedad absorbida quedará disuelta y extinguida sin liquidación.
La fusión por absorción de Liquid Maths, S.L.U. por parte de Artificial Intelligence Solutions, S.L.U. ha sido aprobada por el socio único de ambas empresas en las respectivas Juntas Generales de socios celebradas el 30 de junio de 2026.
Esta operación se lleva a cabo en el marco del Real Decreto-Ley 5/2023, de 28 de junio, y supone la adquisición del patrimonio total de Liquid Maths por parte de Artificial Intelligence Solutions. La sociedad absorbida quedará disuelta y extinguida sin necesidad de abrir un procedimiento de liquidación.
Los balances de fusión, cerrados a 31 de diciembre de 2025, han sido aprobados como parte del proceso. Debido a que ambas sociedades están participadas directamente por el mismo socio, no se producirá un aumento de capital en la sociedad absorbente.
Los acreedores de las sociedades fusionadas tienen derecho a oponerse a la fusión durante un plazo de un mes a partir de la fecha del último anuncio del acuerdo de fusión. Esta operación refleja la concentración de esfuerzos en el sector tecnológico, donde las empresas buscan optimizar recursos y aumentar su competitividad.
A quién afecta
- Socios de Artificial Intelligence Solutions
- Acreedores de Liquid Maths
- Departamentos de fusiones y adquisiciones
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Texto íntegro del BOE desplegar
De conformidad con lo establecido en el artículo 10 del Real Decreto-Ley 5/2023, de 28 de junio ("LME"), se hace público que en fecha 30 de junio de 2026, en las respectivas Juntas Generales de socios, el socio único de ARTIFICIAL INTELLIGENCE SOLUTIONS, S.L.U. y LIQUID MATHS, S.L.U., aprobó la fusión por absorción de LIQUID MATHS, S.L.U. ("Sociedad Absorbida") por ARTIFICIAL INTELLIGENCE SOLUTIONS, S.L.U. (Sociedad absorbente), adquiriendo la última en consecuencia el patrimonio total de la Sociedad Absorbida, que quedará disuelta y extinguida sin apertura del procedimiento de liquidación, todo ello en los términos y condiciones expuestos en el Proyecto de Fusión, suscrito en fecha 30 de junio de 2026 por el Administrador Único respectivo de cada una de las sociedades participantes, las cuales están directa e íntegramente participadas por el mismo socio; igualmente han sido aprobados como balances a efectos de la fusión los cerrados a 31 de diciembre de 2025. parrafo Al estar todas las sociedades participadas de forma directa por el mismo socio, no se realiza aumento de capital de la sociedad absorbente. parrafo En cumplimiento del artículo 10 de la LME se hace constar el derecho que asiste a los socios y a los acreedores de cada una de las Sociedades Fusionadas de obtener el texto integro de los acuerdos de fusión adoptados, así como los respectivos balances de fusión. Asimismo, se hace constar el derecho de los acreedores a oponerse a la fusión, en los términos establecidos en el artículo 13 de la LME, durante el plazo de un mes, contado a partir de la fecha del último anuncio del acuerdo de fusión. parrafo Madrid, 13 de julio de 2026.- Administrador único, Agustín Vivancos Matamoros. parrafo_2
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Redacción asistida por IA · revisión editorial humana · fuente: BOE/EUR-Lex
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