Crónica
Elinor, S.L. absorbe a Grupo Financiero, S.A., Burlap, S.L. y Wallace, S.L. tras acuerdo unánime de las juntas generales. La fusión se realiza en virtud del Real Decreto-ley 5/2023.
La sociedad Elinor, S.L. ha absorbido a Grupo Financiero, S.A., Burlap, S.L. y Wallace, S.L. tras un acuerdo unánime adoptado por las juntas generales de las cuatro empresas el 23 de julio de 2026. La fusión se ha realizado en virtud del Real Decreto-ley 5/2023, que regula las modificaciones estructurales de sociedades mercantiles.
El acuerdo de fusión ha sido adoptado sin necesidad de publicar o depositar previamente el proyecto de fusión, ni de requerir el informe de los administradores, ya que se ha alcanzado la unanimidad en las juntas generales de las sociedades. Las empresas absorbidas carecen de trabajadores y los balances de fusión se han cerrado a 30 de junio de 2026.
La fusión conllevará la transmisión en bloque del patrimonio de las sociedades absorbidas a Elinor, S.L., que adquirirá los derechos y obligaciones de las empresas absorbidas. Las sociedades absorbidas quedarán disueltas sin liquidación como consecuencia de la fusión.
El administrador único de las sociedades, D. Miguel Ángel Colino Matilla, ha dejado constancia de que las sociedades no consideran necesario ofrecer garantías a los acreedores, quienes podrán ejercer los derechos reconocidos en el Real Decreto-ley 5/2023.
A quién afecta
- Socios de Elinor, S.L.
- Acreedores de las sociedades absorbidas
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Texto íntegro del BOE desplegar
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 10 del Real Decreto-ley 5/2023, de 28 de junio, de transposición de Directivas de la Unión Europea en materia de modificaciones estructurales de sociedades mercantiles, entre otras (el "RDL 5/2023"), se hace público que, con fecha 23 de julio de 2026, las Juntas Generales de las sociedades Elinor, S.L. (la "Sociedad Absorbente"), Grupo Financiero, S.A., Burlap, S.L. y Wallace, S.L. (las "Sociedades Absorbidas" y, junto con la Sociedad Absorbente, las "Sociedades"), celebradas con carácter extraordinario y universal, acordaron por unanimidad la fusión por absorción de las Sociedades Absorbidas por parte de la Sociedad Absorbente, en los términos establecidos en el proyecto común de fusión redactado y formulado por los respectivos órganos de administración en fecha 21 de julio de 2026 (el "Proyecto"), en virtud de la cual se transmite en bloque el patrimonio de las Sociedades Absorbidas a la Sociedad Absorbente, adquiriendo esta última, por sucesión universal, el patrimonio, derechos y obligaciones de las Sociedades Absorbidas, que quedarán disueltas sin liquidación como consecuencia de la fusión, circunstancia que conllevará la extinción de las mismas. De conformidad a lo dispuesto en el artículo 9 del RDL 5/2023, al haberse adoptado el acuerdo de fusión por unanimidad en junta universal de las Sociedades, no ha resultado necesario publicar o depositar previamente el Proyecto, ni es necesario el informe de los administradores. Se hace constar que las Sociedades carecen de trabajadores, así como que los balances de fusión de las Sociedades son los cerrados a 30 de junio de 2026. De conformidad con lo previsto en el artículo 10 del RDL 5/2023, se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios y acreedores de las Sociedades a obtener el texto íntegro de los acuerdos de fusión adoptados y de los balances de fusión. Se deja constancia de que, a los efectos del artículo 13 del RDL 5/2023, las Soci
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Redacción asistida por IA · publicación automatizada, sin revisión previa (aviso · correcciones) · fuente: BOE/EUR-Lex
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