Crónica
La Audiencia Nacional emplaza a interesados en el recurso contra la Orden HAC/1497/2025 sobre avales para el Impuesto sobre el Valor Añadido. Plazo de 9 días para personarse.
La Sala de lo Contencioso-administrativo de la Audiencia Nacional ha iniciado un procedimiento contra la Orden HAC/1497/2025, que regula los avales para el Impuesto sobre el Valor Añadido en la entrega de carburantes. La empresa Petroprix Combustibles, SL, ha interpuesto un recurso contencioso-administrativo contra esta orden, argumentando que los requisitos establecidos son excesivos.
El Ministerio de Hacienda, a través de la Secretaría General Técnica, ha emitido una resolución emplazando a todos los interesados en este recurso para que se personen en los autos en un plazo de 9 días. Este plazo comienza a contar desde el día siguiente a la publicación de la resolución en el Boletín Oficial del Estado.
La Orden HAC/1497/2025 establece los requisitos y aspectos generales para los avales que deben constituirse en garantía del ingreso del Impuesto sobre el Valor Añadido en la entrega de determinados carburantes. La empresa recurrente considera que estos requisitos son demasiado estrictos y pueden afectar negativamente a su actividad comercial.
El emplazamiento a los interesados es un trámite necesario en el procedimiento contencioso-administrativo, que permite a las partes interesadas intervenir en el proceso y defender sus derechos. En este caso, el plazo de 9 días es breve, por lo que los interesados deben actuar con celeridad para personarse en los autos y evitar que se produzca una resolución en su ausencia.
A quién afecta
- Empresas de combustibles
- Petroprix Combustibles, SL
Texto íntegro del BOE desplegar
La Sala de lo Contencioso-administrativo, sección quinta, de la Audiencia Nacional comunica la interposición por parte de Petroprix Combustibles, SL, del recurso contencioso-administrativo seguido contra la Orden HAC/1497/2025, de 17 de diciembre, por la que se establecen los requisitos y los aspectos generales correspondientes a los avales a los que se refiere el apartado undécimo del anexo de la Ley 37/1992, de 28 de diciembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido, que deben constituirse en garantía del ingreso del citado impuesto con ocasión de la entrega de determinados carburantes que abandonen el régimen de depósito distinto del aduanero, y por la que se aprueba el modelo de aval, por lo que se procede mediante la presente resolución a dar cumplimiento al trámite de emplazamiento a todos aquellos que se encuentren interesados en aquel, disponiendo de un plazo de nueve días, si a su derecho conviene, para personarse en los autos, a contar desde el día siguiente a la publicación de esta Resolución, ante el órgano jurisdiccional que lo ordenó, de acuerdo con lo establecido en el artículo 49 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa. parrafo Madrid, 7 de mayo de 2026.–El Secretario General Técnico, Alberto Sereno Álvarez. parrafo_2
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Redacción asistida por IA · revisión editorial humana · fuente: BOE/EUR-Lex
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