Crónica
La Audiencia Nacional emplaza a interesados en el recurso contra la Orden HAC/1496/2025 sobre operadores confiables de carburantes. Plazo de 9 días para personarse.
La Sala de lo Contencioso-administrativo de la Audiencia Nacional ha iniciado un procedimiento contra la Orden HAC/1496/2025, que regula la creación de un registro de operadores confiables de carburantes. Premira Energía Norte, SL, ha interpuesto un recurso contencioso-administrativo contra esta orden.
La Audiencia Nacional ha dispuesto un plazo de 9 días para que los interesados se personen en los autos. Este plazo comenzará a contar desde el día siguiente a la publicación de la resolución.
El recurso se refiere a la Orden HAC/1496/2025, que aprueba el procedimiento para reconocer la condición de operador confiable y regula la creación y el mantenimiento de un registro de operadores confiables en materia de garantías del ingreso del Impuesto sobre el Valor Añadido correspondiente a determinados carburantes.
La resolución ha sido adoptada de acuerdo con lo establecido en el artículo 49 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.
Los interesados deberán personarse en los autos dentro del plazo establecido para evitar cualquier perjuicio en su derecho.
A quién afecta
- Operadores de carburantes
- Premira Energía Norte, SL
Texto íntegro del BOE desplegar
La Sala de lo Contencioso-administrativo, sección quinta, de la Audiencia Nacional comunica la interposición por parte de Premira Energía Norte, SL, del recurso contencioso-administrativo seguido contra la Orden HAC/1496/2025, de 17 de diciembre, por la que se aprueba el procedimiento para reconocer la condición de operador confiable y por la que se regula la creación y el mantenimiento de un registro de operadores confiables, en materia de garantías del ingreso del Impuesto sobre el Valor Añadido correspondiente a determinados carburantes que abandonan el régimen de depósito distinto del aduanero, por lo que se procede mediante la presente resolución a dar cumplimiento al trámite de emplazamiento a todos aquellos que se encuentren interesados en aquel, disponiendo de un plazo de nueve días, si a su derecho conviene, para personarse en los autos, a contar desde el día siguiente a la publicación de esta resolución, ante el órgano jurisdiccional que lo ordenó, de acuerdo con lo establecido en el artículo 49 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa. parrafo Madrid, 13 de mayo de 2026.–El Secretario General Técnico, Alberto Sereno Álvarez. parrafo_2
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Redacción asistida por IA · revisión editorial humana · fuente: BOE/EUR-Lex
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