Crónica
La Dirección General del Catastro y el Ayuntamiento de Palenciana firman un convenio de colaboración en materia de Gestión Catastral. El acuerdo sustituye al convenio anterior de 2012 y se centra en la tramitación de expedientes de alteraciones de orden físico y económico.
La Dirección General del Catastro y el Ayuntamiento de Palenciana han firmado un convenio de colaboración en materia de Gestión Catastral. Este acuerdo sustituye al convenio anterior de 2012 y se centra en la tramitación de expedientes de alteraciones de orden físico y económico.
El convenio establece que el Ayuntamiento de Palenciana asumirá la tramitación de los expedientes de alteraciones de orden físico y económico, relativos a bienes inmuebles urbanos y rústicos, que se formalicen en el modelo aprobado por Orden Ministerial.
La colaboración entre la Dirección General del Catastro y el Ayuntamiento de Palenciana es un paso importante para mejorar la gestión catastral en la región. El convenio permitirá una mayor eficiencia en la tramitación de expedientes y una mejor coordinación entre las administraciones públicas.
El coste de la implementación de este convenio recaerá sobre el Ayuntamiento de Palenciana, que deberá adaptar sus procedimientos y sistemas para cumplir con los requisitos establecidos en el convenio. Sin embargo, el beneficio de una gestión catastral más eficiente y coordinada será compartido por todas las partes involucradas.
A quién afecta
- Ayuntamiento de Palenciana
- Dirección General del Catastro
Texto íntegro del BOE desplegar
Habiéndose suscrito entre la Dirección General del Catastro y el Ayuntamiento de Palenciana (Córdoba), un Convenio de colaboración en materia de Gestión Catastral, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicho convenio, que figura como anexo de esta Resolución. parrafo Madrid, 8 de mayo de 2026.–El Director General del Catastro, Jesús Puebla Blasco. parrafo_2 ANEXO anexo_num Convenio entre la Secretaría de Estado de Hacienda (Dirección General del Catastro) y el Ayuntamiento de Palenciana (Córdoba) de colaboración en materia de Gestión Catastral anexo_tit En Madrid y Palenciana, a siete de mayo del año dos mil veintiséis. parrafo_2 De una parte: don Jesús Puebla Blasco, Director General del Catastro, en virtud del Real Decreto 168/2026, de 3 de marzo (BOE núm. 56, de 4 de marzo) en ejercicio de las competencias que tiene delegadas de conformidad con el artículo decimoctavo de la Orden HFP/1500/2021, de 29 de diciembre, de delegación de competencias y por la que se fijan los límites de las competencias de gestión presupuestaria y concesión de subvenciones y ayudas de los titulares de las Secretarías de Estado (BOE de 31 de diciembre de 2021). parrafo_2 De otra parte: don Gonzalo Ariza Linares, Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Palenciana, en uso de las facultades que le confiere el artículo 21 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local. parrafo EXPONEN centro_redonda Primero. articulo El texto refundido de la Ley del Catastro Inmobiliario, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2004, de 5 de marzo, establece en su artículo 4 que la formación y mantenimiento del Catastro Inmobiliario y la difusión de la información catastral es de competencia exclusiva del Estado y que dichas funciones se ejercerán por la Dirección General del Catastro, directamente o a través de las distintas fórmulas de colaboración que se establezcan con las diferentes Administraciones, Entidades y Corporaciones Públicas. parrafo Por su par
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Redacción asistida por IA · revisión editorial humana · fuente: BOE/EUR-Lex
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