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Vineyard with distant mountains under cloudy sky · Alexis Presa · Unsplash

BOE MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN · Orden

Agricultura concede títulos vegetales

El Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación concede títulos de obtención vegetal a variedades de haba, olivo y triticale. La protección durará hasta 2051 y 2056.


Crónica

El Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación concede títulos de obtención vegetal a variedades de haba, olivo y triticale. La protección durará hasta 2051 y 2056.

El Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación ha concedido títulos de obtención vegetal a varias variedades de especies agrícolas. Según la Orden APA/502/2026, las variedades de haba, olivo y triticale serán protegidas hasta 2051 y 2056.

La concesión de estos títulos se basa en la Ley 3/2000, de 7 de enero, de Régimen Jurídico de la Protección de las Obtenciones Vegetales, que atribuye al Ministerio de Agricultura la competencia para la tramitación de los procedimientos para la concesión de los títulos de obtención vegetal.

Los títulos de obtención vegetal son concedidos a las variedades que cumplen con los requisitos establecidos en la ley, como la nouveidad, la distinción, la uniformidad y la estabilidad.

La concesión de estos títulos beneficiará a los solicitantes, como ASNAF AG SARL, Plantas Continental, SA y Semillas Batlle, SA, que podrán explotar comercialmente estas variedades durante el período de protección.

A quién afecta

  • Productores de semillas
  • Empresas agrícolas
Texto íntegro del BOE desplegar

El artículo 32 de la Ley 3/2000, de 7 de enero, de Régimen Jurídico de la Protección de las Obtenciones Vegetales, según la redacción dada por la Ley 3/2002, de 12 de marzo, de modificación de la Ley 3/2000, atribuye al Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, la competencia para la tramitación de los procedimientos para la concesión de los títulos de obtención vegetal. parrafo Por otra parte, la disposición transitoria primera de la Ley 3/2000, establece que las solicitudes del título de obtención vegetal que se hubiesen presentado con anterioridad a la entrada en vigor de la citada ley serán tramitadas y resueltas conforme a la normativa legal vigente en la fecha de presentación. parrafo De conformidad con lo establecido en el artículo octavo de la Ley 12/1975, de 12 de marzo, de Protección de Obtenciones Vegetales y en el artículo 32 de la Ley 3/2000, y una vez cumplidos todos los trámites que se establecen en las citadas leyes, dispongo: parrafo Se concede el Título de Obtención Vegetal a las variedades de las especies cuyas denominaciones figuran en el anexo de la presente orden. parrafo_2 Madrid, 19 de mayo de 2026.–El Ministro de Agricultura, Pesca y Alimentación, P. D. (Orden APA/1511/2024, de 2 de diciembre), la Secretaria General de Recursos Agrarios y Seguridad Alimentaria, Ana Rodríguez Castaño. parrafo_2 ANEXO anexo_num Concesión de Título de Obtención Vegetal anexo_tit Variedad cabeza_tabla Número titulo cabeza_tabla Duración de la protección cabeza_tabla Solicitante cabeza_tabla Vicia Faba L Sensu L Especie: Haba. cuerpo_tabla_centro 4 Tichka. cuerpo_tabla_izq 3248 cuerpo_tabla_centro Hasta 31-12-2051 cuerpo_tabla_centro ASNAF AG SARL. cuerpo_tabla_izq Olea Europaea L Especie: Olivo. cuerpo_tabla_centro 4 CB01. cuerpo_tabla_izq 3249 cuerpo_tabla_centro Hasta 31-12-2056 cuerpo_tabla_centro Plantas Continental, SA. cuerpo_tabla_izq X Triticosecale Especie: Triticale. cuerpo_tabla_centro 4 Talavera. cuerpo_tabla_izq 3250 cuerpo_tabla_centro Hasta

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