Crónica
El Tribunal Supremo estima parcialmente el recurso de la Generalitat Valenciana contra el Real Decreto 1312/2024 y anula los preceptos referidos al procedimiento de registro único de arrendamientos para alojamientos de corta duración. La sentencia afecta a plataformas de alquiler en línea y propietarios que ofrecen servicios de alquiler de alojamientos de corta duración.
La Sala Tercera del Tribunal Supremo ha dictado una sentencia que anula parcialmente el Real Decreto 1312/2024, que regulaba el procedimiento de Registro Único de Arrendamientos y la creación de la Ventanilla Única Digital de Arrendamientos para la recogida y el intercambio de datos relativos a los servicios de alquiler de alojamientos de corta duración.
El recurso contencioso-administrativo fue interpuesto por la Abogada de la Generalitat Valenciana, que cuestionaba la constitucionalidad del Real Decreto. La sentencia del Tribunal Supremo estima parcialmente el recurso y anula los preceptos referidos al procedimiento de registro único de arrendamientos, lo que afecta a las plataformas de alquiler en línea y a los propietarios que ofrecen servicios de alquiler de alojamientos de corta duración.
La anulación de estos preceptos significa que los propietarios ya no necesitarán inscribir sus propiedades en el Registro de la Propiedad o en el de Bienes Muebles para obtener un número de registro que les permita ofrecer servicios de alquiler de alojamientos de corta duración a través de plataformas en línea. Esta sentencia puede tener un impacto significativo en el mercado de alquiler de alojamientos de corta duración en España.
El coste de compliance recae sobre las plataformas de alquiler en línea y los propietarios que ofrecen servicios de alquiler de alojamientos de corta duración, que deberán adaptarse a la nueva regulación. La sentencia del Tribunal Supremo sienta un precedente importante en la regulación del mercado de alquiler de alojamientos de corta duración en España.
Análisis
La sentencia del Tribunal Supremo señala un cambio importante en la regulación del mercado de alquiler de alojamientos de corta duración en España. La anulación de los preceptos referidos al procedimiento de registro único de arrendamientos puede tener un impacto significativo en las plataformas de alquiler en línea y los propietarios que ofrecen servicios de alquiler de alojamientos de corta duración. Es importante que estos actores se adapten a la nueva regulación para evitar posibles sanciones y multas.
A quién afecta
- Plataformas de alquiler en línea
- Propietarios de alojamientos de corta duración
- DPOs
Texto íntegro del BOE desplegar
En el recurso contencioso-administrativo 1/143/2025 interpuesto por la Abogada de la Generalitat Valenciana, en la representación que de ésta ostenta, contra el Real Decreto 1312/2024, de 23 de diciembre, por el que se regula el procedimiento de Registro Único de Arrendamientos y se crea la Ventanilla Única Digital de Arrendamientos para la recogida y el intercambio de datos relativos a los servicios de alquiler de alojamientos de corta duración, la Sala Tercera (Sección Tercera) del Tribunal Supremo ha dictado sentencia el 19 de mayo de 2026 cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: parrafo FALLO centro_redonda Por todo lo expuesto, en nombre del Rey y por la autoridad que le confiere la Constitución, esta Sala ha decidido: parrafo_2 Que debemos Estimar en parte el recurso interpuesto por el representante legal de la Generalitat Valenciana contra el Real Decreto 1312/2024, de 23 de diciembre por el que se regula el procedimiento de Registro Único de Arrendamientos y se crea la Ventanilla Única Digital de Arrendamientos para la recogida y el intercambio de datos relativos a los servicios de alquiler de alojamientos de corta duración, publicado en el BOE del 24 de diciembre de 2024, y, en consecuencia: parrafo_2 Anular los preceptos del Real Decreto impugnado referidos al procedimiento de registro único de arrendamientos y la obligación de la inscripción en el Registro de la Propiedad o en el de Bienes Muebles para obtener un numero de registro que permita ofrecer los servicios de alquiler de alojamientos de corta duración a través de las plataformas en línea. En concreto, se anulan los siguientes preceptos: artículo 1 (en cuanto hace referencia al desarrollo del procedimiento de registro único de arrendamientos) artículo 2 apartados f), i) y j) (este último en lo relativo a los procedimientos de registro), artículo 5, artículo 6 (en lo relativo al procedimiento de registro único), artículo 8, artículo 9, artículo 10, artículo 12.b) y c), disp. adicional
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Redacción asistida por IA · revisión editorial humana · fuente: BOE/EUR-Lex
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