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City skyline with apartment buildings and distant mountains · Matteo Squillante · Unsplash

BOE MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA Y RELACIONES CON LAS CORTES · Resolución

Registro de Getafe rechaza cancelar anotación

La registradora de la Propiedad de Getafe n.º 2 se niega a cancelar una anotación preventiva de concurso de Rozecasa Construcciones, S.L. desde el 20 de octubre de 2025, por falta de mandamiento judicial. Unicaja Transmisiones, S.A. recurre la decisión.


Crónica

La registradora de la Propiedad de Getafe n.º 2 se niega a cancelar una anotación preventiva de concurso de Rozecasa Construcciones, S.L. desde el 20 de octubre de 2025, por falta de mandamiento judicial. Unicaja Transmisiones, S.A. recurre la decisión.

La Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública resuelve un recurso contra la negativa de la registradora de la Propiedad de Getafe n.º 2 a cancelar una anotación preventiva de concurso. La registradora argumentó que, según la Ley Hipotecaria, las inscripciones o anotaciones hechas por mandamiento judicial no se cancelarán sino por providencia ejecutoria. En este caso, la anotación preventiva de concurso de Rozecasa Construcciones, S.L. se encuentra inscrita en el Registro y, para su cancelación, se requiere la presentación del mandamiento del juzgado correspondiente.

La entidad Unicaja Transmisiones, S.A., en nombre y representación de Gestión de Inmuebles Adquiridos, S.L., solicitó la cancelación de la anotación preventiva el 20 de octubre de 2025, pero la registradora se negó debido a la falta de mandamiento judicial. La entidad recurrió la decisión, alegando que la registradora había incurrido en un error al no cancelar la anotación.

El recurso fue confirmado por el registrador de la Propiedad accidental de Madrid número 25, quien ratificó la nota de calificación de la registradora de la Propiedad de Getafe número 2.

Esta resolución afecta a los propietarios de fincas registrales que se encuentran en una situación similar, ya que les recuerda la importancia de cumplir con los requisitos legales para la cancelación de anotaciones preventivas de concurso. Los registros de la propiedad deben ser precisos y actualizados para evitar problemas legales y económicos. la resolución de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública sirve como recordatorio de la necesidad de seguir los procedimientos legales establecidos para la cancelación de anotaciones preventivas de concurso.

A quién afecta

  • Propietarios de fincas registrales
  • Registradores de la propiedad
Texto íntegro del BOE desplegar

En el recurso interpuesto por don E. V. S., en nombre y representación de la entidad «Unicaja Transmisiones, S.A.», que actúa como apoderada la mercantil «Gestión de Inmuebles Adquiridos, S.L.», contra la negativa de la registradora de la Propiedad de Getafe número 2, doña Beatriz Sofía Bernal Aguilar, a cancelar una anotación preventiva de concurso, en virtud de instancia privada. parrafo Hechos centro_negrita I centro_redonda Mediante instancia suscrita el día 15 de octubre de 2025 por don C. R. L., en nombre y representación de la entidad «Unicaja Tramitaciones, S.A.», que representaba a su vez, a la entidad «Gestión de Inmuebles Adquiridos, S.L.», se solicitaba la cancelación de las anotaciones preventivas relativas al concurso de la entidad «Rozecasa Construcciones, S.L.», que afectaban a las fincas registrales número 33.489, 33.490, 33.491, 33.492, 33.493, 33.494, 33.495, 33.496, 33.497, 33.498, 33.499 y 33.500 del Registro de la Propiedad de Getafe número 2. parrafo_2 II centro_redonda Presentada el día 20 de octubre de 2025 dicha instancia en el Registro de la Propiedad de Getafe número 2, fue objeto de la siguiente nota de calificación: parrafo_2 «Calificado el precedente documento, en relación con los asientos del Registro, la Registradora que suscribe, ha procedido a suspender, su inscripción, en base a los siguientes hechos y fundamentos de derecho: parrafo_2 Hechos: El documento que precede, instancia de solicitud de cancelación de anotaciones preventivas relativas a concurso, suscrita con fecha quince de octubre de dos mil veinticinco, por don C. R. L., como apoderado de la entidad Unicaja Tramitaciones, S.A., que representa a su vez, a la entidad Gestión de Inmuebles Adquiridos, S.L., fue presentada telemáticamente en el Libro Diario de este Registro el día veinte de octubre de dos mil veinticinco, causando el Asiento 3534 del Diario 2025. En la misma, dicho don C. R. L., en la representación indicada, solicita la cancelación de las anotaciones preven

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