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BOE MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO · Orden

Gobierno fija bono social eléctrico

El Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico aprueba el reparto de cantidades para el bono social y el coste del suministro de electricidad a consumidores vulnerables en 2026. La medida busca proteger a los consumidores en situación de pobreza energética.


Crónica

El Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico aprueba el reparto de cantidades para el bono social y el coste del suministro de electricidad a consumidores vulnerables en 2026. La medida busca proteger a los consumidores en situación de pobreza energética.

El bono social eléctrico es una medida de protección a los consumidores vulnerables que cubre la diferencia entre el precio voluntario para el pequeño consumidor y un valor base. La Directiva (UE) 2019/944 destaca la importancia de adoptar medidas para proteger a los consumidores vulnerables y en situación de pobreza energética.

En España, se han adoptado distintas medidas para luchar contra la pobreza energética, entre las que destaca el bono social. El Real Decreto-ley 7/2016 y el Real Decreto-ley 15/2018 crearon dos nuevas categorías de consumidores esenciales. El artículo 52.4.j) de la Ley 24/2013 establece como suministro esencial aquellos suministros a consumidores que tengan la condición de vulnerables severos acogidos a tarifas de último recurso.

El artículo 45 de la Ley 24/2013 estipula que el bono social y la cofinanciación del coste del suministro de los consumidores a que hacen referencia los párrafos j) y k) del artículo 52.4 serán asumidos por los sujetos del sector eléctrico que participan en las actividades destinadas al suministro de energía eléctrica. El coste recae sobre los operadores del sector eléctrico, incluyendo la producción, transporte, distribución y comercialización de energía eléctrica, así como sobre los consumidores directos en mercado.

Análisis

Esta medida señala la continuidad de la política de protección a los consumidores vulnerables en el sector eléctrico. El reparto de las cantidades para el bono social y el coste del suministro de electricidad a consumidores vulnerables en 2026 revela la importancia de adoptar medidas para proteger a los consumidores en situación de pobreza energética. Los operadores del sector eléctrico deberán asumir el coste del bono social y la cofinanciación del suministro de los consumidores vulnerables.

A quién afecta

  • Consumidores vulnerables
  • Operadores del sector eléctrico
  • Comercializadores de energía eléctrica
Texto íntegro del BOE desplegar

La Directiva (UE) 2019/944 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 5 de junio de 2019, sobre normas comunes para el mercado interior de la electricidad y por la que se modifica la Directiva 2012/27/UE destaca la importancia de que los Estados miembros adopten las medidas necesarias para proteger a los consumidores vulnerables y en situación de pobreza energética, en el contexto del mercado interior de la electricidad. parrafo A nivel nacional, en el sector eléctrico, se han adoptado distintas medidas para luchar contra la pobreza energética, entre las que destaca el bono social como medida relevante de protección a los consumidores vulnerables. parrafo De acuerdo con el apartado 3 del artículo 45 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, el bono social cubrirá la diferencia entre el valor del precio voluntario para el pequeño consumidor y un valor base, que podrá ser distinto según las categorías de consumidores vulnerables que se establezcan, que se denominará tarifa de último recurso y será aplicado por el correspondiente comercializador de referencia en las facturas de los consumidores que estén acogidos al mismo. El bono social resultará de aplicación a los consumidores vulnerables que cumplan con las características sociales, de consumo y poder adquisitivo que se determinen por real decreto. parrafo Por otra parte, mediante el Real Decreto-ley 7/2016, de 23 de diciembre, por el que se regula el mecanismo de financiación del coste del bono social y otras medidas de protección al consumidor vulnerable de energía eléctrica y el Real Decreto-ley 15/2018, de 5 de octubre, de medidas urgentes para la transición energética y la protección de los consumidores, fueron creadas dos nuevas categorías de consumidores esenciales. Así, el artículo 52.4.j) de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, establece como suministro esencial, en los términos y condiciones que se establezcan reglamentariamente, aquellos suministros a consumidores que tengan la condición

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Redacción asistida por IA · revisión editorial humana · fuente: BOE/EUR-Lex

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