Crónica
La Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública resuelve un recurso contra la nota de calificación de un registrador de la propiedad que suspendió la inscripción de una representación gráfica georreferenciada de una finca en Sallent de Gállego. El registrador fundamentó su decisión en dudas sobre la identidad de la finca y su representación gráfica.
La Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública ha resuelto un recurso interpuesto por don I. F. V. contra la nota de calificación del registrador de la propiedad de Sabiñánigo, don Gonzalo Olmos Gil. El registrador había suspendido la inscripción de la representación gráfica georreferenciada de una finca registral en Sallent de Gállego, fundamentando su decisión en dudas sobre la identidad de la finca y su representación gráfica.
El caso comenzó cuando don I. F. V. solicitó la inscripción de la representación gráfica georreferenciada de la finca y la rectificación de su cabida, que pasaba de 326 metros cuadrados a 349 metros cuadrados. Sin embargo, el registrador recibió un escrito de alegaciones de doña A. A. L., quien se oponía al procedimiento argumentando que la representación catastral era inexacta y no reflejaba la delimitación física real de la finca.
La Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública ha resuelto el recurso, pero no se proporcionan detalles sobre la resolución. Esta decisión puede tener implicaciones para los propietarios de fincas que buscan inscribir representaciones gráficas georreferenciadas en el Registro de la Propiedad.
Los registradores de la propiedad deben ser cuidadosos al calificar las solicitudes de inscripción, ya que una calificación negativa puede suspender el procedimiento y generar costes adicionales para los propietarios. Por otro lado, los propietarios deben asegurarse de que la representación gráfica georreferenciada de su finca sea exacta y refleje la delimitación física real de la propiedad.
A quién afecta
- Propietarios de fincas
- Registradores de la propiedad
Texto íntegro del BOE desplegar
En el recurso interpuesto por don I. F. V. contra la nota de calificación del registrador de la Propiedad de Sabiñánigo, don Gonzalo Olmos Gil, por la que se suspende la inscripción de la representación gráfica georreferenciada de una finca registral. parrafo_2 Hechos centro_negrita I centro_redonda Mediante instancia privada suscrita el día 5 de mayo de 2025 por don I. F. V., se solicitó la inscripción de la representación gráfica georreferenciada de la finca registral número 3.108 del término municipal de Sallent de Gállego y la rectificación de su cabida, pasando de 326 metros cuadrados a 349 metros cuadrados. parrafo_2 La finca ya constaba georreferenciada y coordinada con Catastro con esos 326 metros cuadrados iniciales, pero tras obtener la rectificación catastral hasta los 349 metros cuadrados, se solicitaba que se inscribiera la nueva georreferenciación y superficie catastral ampliada. parrafo Y la comparación entre la georreferenciación catastral inicial e inscrita de 326 metros cuadrados (en delimitación y trama de color verde) y la georreferenciación catastral nueva de 349 metros cuadrados cuya inscripción se solicitaba (en delimitación y trama de color rojo), se aprecia en la siguiente imagen: [se inserta imagen]. parrafo II centro_redonda Presentada dicha instancia en el Registro de la Propiedad de Sabiñánigo, fue objeto de la siguiente nota de calificación: parrafo_2 «Calificado la Instancia privada, de fecha 05/05/2025, suscrita por don I. F. V., como titular de la finca registral 3108 del término municipal de Sallent de Gállego que ha sido presentada el día 19/05/2025, Asiento 893 del Diario 2025 he resuelto no practicar el asiento solicitado por los siguientes hechos y fundamentos de Derecho: parrafo_2 2 2 Primero. Por el documento presentado se solicita la inscripción de la representación gráfica georreferenciada de la finca antes reseñada, y la rectificación de su superficie, mediante la aportación de la correspondiente Certificación Catastral Des
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Redacción asistida por IA · revisión editorial humana · fuente: BOE/EUR-Lex
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