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BOE MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA Y RELACIONES CON LAS CORTES · Resolución

Abogacía General del Estado refuerza asistencia jurídica

La Abogacía General del Estado y la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado firman un convenio de asistencia jurídica para mejorar la coordinación y efectividad en la defensa de los intereses del Estado. El convenio permite la designación de Abogados del Estado como coordinadores directos de la asistencia jurídica.


Crónica

La Abogacía General del Estado y la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado firman un convenio de asistencia jurídica para mejorar la coordinación y efectividad en la defensa de los intereses del Estado. El convenio permite la designación de Abogados del Estado como coordinadores directos de la asistencia jurídica.

La Abogacía General del Estado y la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado han firmado un convenio de asistencia jurídica con el objetivo de mejorar la coordinación y efectividad en la defensa de los intereses del Estado. Este acuerdo permite la designación de Abogados del Estado como coordinadores directos de la asistencia jurídica, lo que supone un refuerzo en la colaboración entre ambas entidades.

El convenio se enmarca en la Ley 52/1997, de 27 de noviembre, de Asistencia Jurídica al Estado e Instituciones Públicas, y en el Real Decreto 1057/2024, de 15 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento de la Abogacía General del Estado. La asistencia jurídica comprenderá tanto el asesoramiento jurídico como la representación y defensa ante cualesquiera jurisdicciones y órdenes jurisdiccionales.

La Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado es una entidad que tiene por objeto la edición, publicación, impresión, distribución, comercialización y venta del Boletín Oficial del Estado y otras publicaciones oficiales. La Abogacía General del Estado es el Centro Directivo que tiene legalmente atribuidas las competencias de asistencia jurídica al Estado y sus Organismos autónomos y a los Órganos Constitucionales.

El coste de esta asistencia jurídica recaerá sobre la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado, que deberá colaborar con los Abogados del Estado para la mejor defensa de los intereses en litigio. No se prevén cambios significativos en la estructura o funcionamiento de la Agencia como resultado de este convenio.

A quién afecta

  • Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
  • Abogacía General del Estado

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Con fecha 30 de junio de 2026 se ha suscrito el Convenio de Asistencia Jurídica entre la Administración General del Estado (Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, Abogacía General del Estado) y la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado. En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» del citado convenio, que figura como anejo a la presente resolución. Madrid, 7 de julio de 2026.–El Abogado General del Estado, David Segundo Vilas Álvarez. ANEJO Convenio de asistencia jurídica entre la Administración General del Estado (Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, Abogacía General del Estado) y la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado REUNIDOS De una parte, don David Segundo Vilas Álvarez, en su condición de Abogado General del Estado, cargo para el que fue nombrado por Real Decreto 578/2024, de 18 de junio (BOE número 148, de 19 de junio de 2024), quien actúa en virtud de la delegación conferida a su favor por el Ministro de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes en el artículo 8.d) de la Orden PJC/1062/2024, de 3 de octubre, sobre delegación de competencias y fijación de límites para la administración de determinados créditos para gastos. De otra parte, don Manuel Tuero Secades, actuando en nombre y representación de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado con domicilio social en avenida de Manoteras, 54, 28050 Madrid y NIF Q2811001C, en su condición de Director General, cargo para el que fue nombrado por Acuerdo de su Consejo Rector publicado por Resolución de 31 de enero de 2012 (publicado en BOE el 1 de febrero de 2012). MANIFIESTAN Primero. Que la Abogacía General del Estado es el Centro Directivo que tiene legalmente atribuidas las competencias de asistencia jurídica al Estado y sus Organismos autónomos y a los Órganos Constitucionales. Para el r

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